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Documento BORME-C-2005-75055

EL PORTAL DE LOS CONCESIONARIOS, S. L.

Publicado en:
«BORME» núm. 75, páginas 10441 a 10441 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-75055

TEXTO

Ampliación de Capital

La Junta General Extraordinaria de Socios de «El Portal de los Concesionarios, S.L.», válidamente convocada y celebrada el pasado 6 de abril de 2005, en la sede social, sita en la calle Santa María Magdalena, 10-12, de Madrid, acordó por mayoría los siguientes acuerdos:

Primero.-Ampliar el capital de la sociedad en la cuantía de trescientos noventa y tres mil ochocientos (393.800 €) euros, mediante la emisión y puesta en circulación de tres mil novecientas treinta y ocho (3.938) nuevas participaciones sociales, de cien (100 €) euros de valor nominal cada una de ellas.

Segundo.-Condiciones de la ampliación de capital: La ampliación del capital social en la cuantía de trescientos noventa y tres mil ochocientos (393.800 €) euros, se realizará mediante la emisión y puesta en circulación de tres mil novecientas treinta y ocho (3.938) nuevas participaciones sociales, de cien (100) euros de valor nominal cada una. Las 1.969 participaciones representativas del capital social actual, de quinientos (500) euros de valor nominal cada una, se denominarán serie A. Las 3.938 nuevas participaciones sociales, de cien (100) euros de valor nominal cada una, pasarán a denominarse serie B. Tanto las participaciones de serie A como las de serie B gozarán de los mismos derechos políticos y económicos -esto es, entre participaciones de la misma serie­-, por lo que las participaciones sociales de ambas series tendrán atribuido un derecho de voto por cada participación. De conformidad con lo previsto en el artículo 7 de los Estatutos y el 75 de la L.S.R.L., la ampliación de capital se realizará de la siguiente manera:

En primera vuelta y en el plazo de un mes desde la fecha de envío por la sociedad de la comunicación escrita individual prevista en la Ley, los socios podrán ejercer su derecho de asunción preferente y desembolsar las nuevas participaciones sociales en la proporción de dos (2) nuevas por cada una (1) antigua.

En segunda vuelta y en un plazo no superior a quince (15) días desde el vencimiento señalado para la adquisición preferente, el Consejo de Administración podrá ofrecer a los socios que ejercieron su derecho de preferencia en primera vuelta las participaciones no asumidas en proporción a las que cada uno ya tuviere en la sociedad. Durante los quince (15) días siguientes a la finalización del plazo anterior, el Consejo de Administración podrá ofrecer y adjudicar las participaciones no asumidas por los socios a personas extrañas a la sociedad que acepten los Estatutos sociales. Se anuncia a los socios que recibirán una comunicación individual de la sociedad por correo certificado con acuse de recibo en la que se indicarán las participaciones que pueden asumir en el ejercicio de su derecho de adquisición preferente y las condiciones y plazos para hacerlo. Madrid, 19 de abril de 2005.-El Secretario del Consejo de Administración, Blas Vives Soto.-16.235.

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