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Documento BORME-C-2005-85104

HOTEL GRIFEU, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 85, páginas 12034 a 12034 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-85104

TEXTO

Convocatoria junta general extraordinaria

Se convoca a todos los señores/as accionistas a la Junta general extraordinaria de la compañia mercantil Hotel Grifeu, Sociedad Anónima, que se celebrará en el domicilio social, sito en Llançà, Platja de Grifeu, s/n, en primera convocatoria el día 27 de mayo próximo a las 12,00 horas y en segunda convocatoria el día siguiente, 28 de mayo próximo a las 12,00 horas, para tratar el siguiente

Orden del día

Primero.-Ratificación de acuerdos: Ratificación pura y simple de los acuerdos adoptados en la Junta general extraordinaria celebrada en el domicilio social el 27 de junio de 2003. Segundo.-Sentencias del Tribunal Supremo: Darse por enterados, a todos los efectos, de las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo, todas ellas de fecha 14 de marzo de 2005. Tercero.-Administración de la compañía:

a) Cambio del sistema de administración social y subsiguiente modificación de Estatutos.

b) Nombramiento de nuevo órgano de administración. c) Retribución y gastos del órgano de administración.

Cuarto.-Cuentas sociales: Lectura, examen y aprobación, si procede, de la Memoria, Balance y Cuentas de Resultados de los ejercicios 2.003 y 2.004 y de la gestión del Consejo de Administración durante los expresados ejercicios, en especial la gestión de doña Josette Foggiaroli.

Quinto.-Administración Judicial:

a) Levantamiento de la administración judicial de la compañia.

b) Gestión de don Jaume Muxach Maruny y de don Josep Oliva Llausàs como administradores judiciales de la compañía.

Sexto.-Autorización venta acciones: Autorización a don Pierre Raul Marc Sautereau para que pueda vender libremente las acciones de que es titular, siempre y cuando sea a favor de cualquier accionista o familiar del accionista, dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, sin que en dicho supuesto opere el derecho de adquisición preferente.

Séptimo.-Procedimientos judiciales en trámite: desistimiento y renuncia a acciones judiciales. Octavo.-Acciones de responsabilidad por los daños y perjuicios causados a la compañía. Noveno.-Ruegos y preguntas.

Notas:

Primera.-La presente convocatoria se hace al amparo de las Sentencias del Tribunal Supremo de fechas 22 de octubre de 1974, 13 de mayo de 1975, 1 de abril de 1986, 22 de abril de 1987, 3 de marzo de 1997, que permiten convocar una Junta General al órgano de administración con mandato caducado.

Segunda.-De conformidad con lo establecido en el artículo 55.2 de la Leyde Sociedades Anónimas los accionistas que deseen asistir deberán dar cumplimiento, con carácter previo, a lo preceptuado en el artículo 104.1 de dicho cuerpo legal, que establece «los estatutos podrán condicionar el derecho de asistencia a la junta general a la legitimación anticipada del accionista, pero en ningún caso podrán impedir el ejercicio de tal derecho a los titulares de acciones nominativas y de acciones representadas por medio de anotaciones en cuanto las tengan inscritas en sus respectivos registros con cinco días de antelación a aquel en que haya de celebrase la junta ...». Tercera.-De conformidad con el artículo 212.2 de la Ley de Sociedades Anónimas «a partir de la convocatoria de la Junta General, cualquier accionista podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como en su caso, el informe de gestión y el informe de los auditores de cuentas. En la convocatoria se hará mención de este derecho». Cuarta.-Los accionistas tendrán, además, los derechos de información regulados en el artículo 112.1 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece que «hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la junta, los accionistas podrán solicitar de los administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes. Los accionistas de una sociedad anónima cotizada podrán solicitar informaciones o aclaraciones o formular preguntas por escrito acerca de la información accesible al público que se hubiera facilitado por la sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última junta general. Los administradores estarán obligados a facilitar la información por escrito hasta el día de la celebración de la junta general».

Quinta.-De conformidad al artículo 144.1 del Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se pone en conocimiento de los accionistas su derecho a examinar en el domicilio social el texto integro de la modificación propuesta y del informe sobre la misma, y de pedir la entrega o el envio gratuito de dichos documentos.

Llança, 25 de abril de 2005.-Por el Consejo de Administración, doña Josette Foggiaroli.-20.073.

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