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Documento BORME-C-2005-90113

LORAMENDI, S. COOP. (Sociedad absorbente) INVERSIONES IGLOR, S.L. ARABAMENDI, S.A. LORAMENDI, S.A. MENDILORE, S.L. (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 90, páginas 12918 a 12919 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-90113

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y en el artículo 79.2 de la Ley de Cooperativas de Euskadi, se hace público que el día 28 de febrero de 2005 los socios únicos de «Loramendi, S.A. (unipersonal)», «Arabamendi, S.A. (unipersonal)», «Mendilore, S.L. (unipersonal)» e «Inversiones Iglor, S.L. (unipersonal)» y el día 23 de abril de 2005 la Asamblea General Ordinaria de «Loramendi S. Coop.», han adoptado los pertinentes acuerdos sobre la fusión por absorción de «Loramendi, S.A. (unipersonal)», «Arabamendi, S.A. (unipersonal)» y de «Mendilore, S.L. (unipersonal)» por «Inversiones Iglor, S.L. (unipersonal)», y de ésta por «Loramendi, S. Coop.», con aprobación de los balances de fusión cerrados el día 30 de septiembre de 2004, verificados, en su caso, por los auditores de cuentas de las sociedades y ajustándose al Proyecto de Fusión depositado en el Registro Mercantil de Álava y en el Registro de Cooperativas de Euskadi el día 29 de diciembre de 2004 y el día 14 de enero de 2005, respectivamente, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas -«Loramendi, S.A. (unipersonal)», «Arabamendi, S.A. (unipersonal)», «Mendilore, S.L. (unipersonal)» e «Inversiones Iglor, S.L. (unipersonal)»-, y traspaso en bloque, a título universal de todos sus patrimonios a «Loramendi, S. Coop.».

De conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas y en el artículo 78 de la Ley de Cooperativas de Euskadi, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que les corresponde a los acreedores y que se ejercitará, en su caso, con arreglo a lo previsto en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas y el artículo 81 de la Ley de Cooperativas de Euskadi, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.

Vitoria, 29 de abril de 2005.-El Administrador, Fernando Corres Fernández de Trocóniz.-20.738.

2.ª 13-5-2005

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