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Documento BORME-C-2005-96355

SOGECABLE, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 96, páginas 14047 a 14048 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-96355

TEXTO

Anuncio de ampliación de capital de Sogecable, Sociedad Anónima

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 158 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, se pone en conocimiento de sus accionistas que Sogecable, Sociedad Anónima, ha acordado ampliar su capital social bajo las siguientes condiciones:

Importe: Fijar el importe de la ampliación de capital en 15.120.522 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 7.560.261 acciones ordinarias, de 2 euros de valor nominal cada una de ellas, representadas mediante anotaciones en cuenta. Las acciones se emiten con una prima de emisión de 22,47 euros cada una de ellas, lo que representa una prima de emisión conjunta de 169.879.064,67 euros.

Derecho de suscripción preferente: Los accionistas que aparezcan legitimados como tales en los registros contables de «Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima» («Iberclear») al término del día anterior del inicio del plazo de suscripción, es decir, al término del día 23 de mayo de 2005, gozarán del derecho de suscripción preferente durante el periodo de quince días contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, esto es, desde el 24 de mayo hasta el 7 de junio de 2005, ambos inclusive (el «Periodo de Suscripción Preferente»). A cada acción antigua de Sogecable le corresponderá 1 derecho de suscripción preferente. Serán necesarios 50 derechos de suscripción preferente para suscribir 3 acciones nuevas de Sogecable. Durante el Periodo de Suscripción Preferente, los titulares de acciones que hubiesen ejercitado sus derechos de suscripción preferente podrán solicitar, adicionalmente, la suscripción de acciones nuevas de Sogecable (acciones adicionales) en la cuantía que estimen oportuna y hasta un máximo del 10 % del importe de las acciones que les corresponda a cada uno de ellos en virtud del derecho de suscripción preferente. La solicitud de acciones adicionales de Sogecable, por parte de cada titular de derechos de suscripción preferente, quedará condicionada al efectivo ejercicio de la totalidad de los mismos. Asimismo, la posibilidad de suscribir acciones adicionales queda sujeta a la existencia de acciones sobrantes tras el ejercicio por sus titulares de los derechos de suscripción preferente. En el supuesto de que el número total de acciones adicionales que se solicite exceda del número de acciones que queden sin adjudicar en virtud del ejercicio de suscripción preferente, se practicará un prorrateo el segundo día hábil siguiente al de la finalización del Periodo de Suscripción Preferente. La Sociedad ha obtenido el compromiso irrevocable de Promotora de Informaciones, Sociedad Anónima, Telefónica, Corporación General Financiera, Sociedad Anónima, Corporación Financiera Caja Madrid, Sociedad Anónima y Eventos, Sociedad Anónima («Accionistas de Referencia») de que suscribirán, al menos, las acciones que les correspondan en ejercicio del derecho de suscripción preferente. Colocación y Aseguramiento una vez finalizado el Periodo de Suscripción Preferente: Las acciones que no se suscriban en el Periodo de Suscripción Preferente (en ejercicio del derecho de suscripción preferente o mediante solicitudes adicionales de acciones) serán objeto de colocación por parte de Morgan Stanley, Calyon, y HSBC («Entidades Aseguradoras») entre inversores institucionales. Las acciones aseguradas a que se extiende el compromiso de colocación y que son objeto de aseguramiento por las Entidades Aseguradoras son 3.260.588 acciones de Sogecable. Las acciones aseguradas podrán ser emitidas al precio que acuerden Sogecable y Morgan Stanley, en función de las condiciones de mercado y de la calidad y volumen de demanda registrada en el periodo de prospección de la demanda de la oferta, y que podrá ser diferente al precio de suscripción inicial, sin que en ningún caso la prima de emisión resultante pueda ser inferior a 22,47 euros por acción. Negociación de los derechos de suscripción preferente: Los derechos de suscripción preferente serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que derivan, en aplicación de lo preceptuado en el articulo 158.3 de la Ley de Sociedades Anónimas y serán libremente negociados en las Bolsas de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia y en el Mercado Continuo, sin que pueda anticiparse la valoración que el mercado otorgará a los mismos. Suscripción y desembolso: La suscripción y desembolso de las acciones (incluidas las solicitudes de acciones adicionales) por los accionistas y/o titulares de derechos de suscripción preferente se puede efectuar ante cualquiera de las Entidades Participantes de Iberclear. Suscripción incompleta: Puede declararse la suscripción incompleta de la ampliación de capital bajo los demás términos, condiciones y plazos que constan en el Folleto. Derechos de las nuevas acciones: Las nuevas acciones atribuirán a sus titulares, desde su emisión, los mismos derechos políticos y económicos que las acciones de Sogecable actualmente en circulación, incluido cualquier reparto de reservas o dividendos con cargo a resultados del presente o anteriores ejercicios. Admisión a negociación: La admisión a cotización de las acciones en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Valencia y Bilbao y en el Sistema de Interconexión Bursátil Español está prevista inicialmente para el día 15 de junio de 2005, sin perjuicio de las previsiones que al respecto se establecen en el Folleto. Folleto: El Documento de Registro y la Nota Sobre las Acciones (conjuntamente, el «Folleto»), cuyos formatos se ajustan, respectivamente, a los Anexos I y III del Reglamento (CE) número 809/2004 de la Comisión de 29 de abril de 2004, han sido aprobados y registrados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en cuya sede puede ser consultado. Asimismo, existen ejemplares del Folleto a disposición del público y de las Entidades Participantes de Iberclear en el domicilio de las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Valencia y Bilbao, en el domicilio de la entidad agente, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima, y en el domicilio social de Sogecable, Sociedad Anónima, sito en Tres Cantos (Madrid) Avenida de los Artesanos, 6.

Aviso para los inversores: «Este documento no es una oferta de valores ni una solicitud para la compra de valores en los Estados Unidos. Los derechos de suscripción preferente y las acciones (las "Acciones") de Sogecable, Sociedad Anónima, no podrán ser ofrecidas ni vendidas en los Estados Unidos o para o por cuenta o en beneficio de personas en los Estados Unidos [tal y como dicho término se define en el Reglamento S de la U. S. Securities Act de 1933 en su redacción vigente (la "U. S. Securities Act de 1933")], salvo que dichos derechos de suscripción preferente y Acciones se encuentren registradas de acuerdo con la U. S. Securities Act de 1933 o estén exentas de registro. Los derechos de suscripción preferente y las Acciones no han sido ni serán registradas de acuerdo con la U. S. Securities Act de 1933. Cualquier oferta de las Acciones en los Estados Unidos se realizará a través de un folleto que contendrá información detallada sobre Sogecable, Sociedad Anónima, y su gestión así como sus estados financieros».

Madrid, 20 de mayo de 2005.-El Consejero Delegado de Sogecable, Sociedad Anónima, Javier Díez de Polanco.-25.894.

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