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Documento BORME-C-2006-1024

CAVISAT MARBELLA, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 1, páginas 220 a 220 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-1024

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la mercantil «Cavisat Marbella Sociedad Anónima», celebrada el día 27 de diciembre de 2005, ha acordado ampliar el capital social en la cantidad de 751.265,13 €, mediante la emisión de 12.500 nuevas acciones nominativas de 60,10121 Euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1.001 a la 13.500, ambas inclusive. La ampliación de capital acordada lo es por aportación dineraria de los accionistas. El derecho de suscripción preferente se podrá ejercitar en la proporción de 12,5 acciones nuevas por cada una de las acciones antiguas que ya se posea. De acuerdo con lo anterior, a cada acción de las antiguas que se posea le corresponderán 12,5 derechos de suscripción preferente. La emisión podrá ser suscrita por los actuales accionistas en proporción a su capital social previo a esta ampliación, en el plazo del mes siguiente a contar desde la publicación del presente anuncio en el BORME, conforme a lo dispuesto en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas. Para ejercer el derecho de suscripción preferente, los accionistas dirigirán mediante escrito fehaciente al órgano de administración, antes de la finalización del plazo señalado, su intención de ejercitar tal derecho, y desembolsarán, dentro de dicho plazo, la totalidad del valor nominal de las acciones que les pudieran corresponder en el ejercicio de su derecho, ingresando el importe en la cuenta número 00810587310001024908 del Banco Sabadell de Málaga. En el supuesto de que dentro del plazo de un mes antes citado, quedaran acciones sin suscribir por algunos accionistas, el resto de accionistas que hubieran suscrito la referida ampliación, podrán optar por la suscripción de las mismas, en el plazo de cinco días tras notificación hecha al efecto por el órgano de administración. Esta adjudicación, se efectuará también en proporción a su participación en el capital social previo a esta ampliación.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 161 de la Ley de Sociedades Anónimas, de no suscribirse íntegramente, dentro del plazo fijado, la ampliación de capital propuesta y acordada, la suscripción de capital podrá ser incompleta, llevándose a efecto únicamente la ampliación por el importe suscrito.

Málaga, 28 de diciembre de 2005.-El Administrador único, don Nicolás Travesí Santos.-67.483.

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