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Documento BORME-C-2006-15005

ALCUMAR FINANCIERA, SICAV, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 15, páginas 2079 a 2080 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-15005

TEXTO

Se hace público que la Junta general extraordinaria de la sociedad, celebrada el 13 de enero de 2006, ha acordado la transformación de la Sociedad en una sociedad anónima ordinaria de capital fijo, dejando de ostentar, por tanto, el estatuto de Institución de Inversión Colectiva. La transformación acordada conlleva la renuncia expresa a la autorización concedida en su día a la sociedad como Institución de Inversión Colectiva.

Tras la transformación acordada, la sociedad se regirá, en adelante, por la Ley de Sociedades Anónimas y por sus Estatutos sociales, cuya modificación ha sido también acordada por la Junta General para su adaptación a su nueva condición de sociedad anónima ordinaria; en especial se informa de las siguientes modificaciones estatutarias:

Denominación social: La sociedad dejará de incorporar a su denominación social las siglas SICAV (Sociedad de Inversión de Capital Variable, Sociedad Anónima), por lo que el artículo 1.º tendrá, en adelante, la siguiente redacción: Artículo 1. Denominación social y régimen jurídico.-La sociedad se denomina ALCUMAR FINANCIERA, Sociedad Anónima y se rige por los presentes Estatutos y, en su defecto, por el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, y demás disposiciones vigentes o que la sustituyan en el futuro.

Objeto social: El artículo 2.º, relativo al «objeto social» tendrá, en adelante, la siguiente redacción:

Artículo 2. Objeto social. 1. La adquisición y enajenación de toda clase de valores mobiliarios y participaciones sociales quedando excluidas todas aquellas actividades propias de las Sociedades y Agencias de Valores y de las Instituciones de Inversión Colectiva; la dirección y gestión de las participaciones en entidades.

2. Si para el desarrollo de alguna de las actividades anteriores fuera preciso la obtención de alguna licencia, permiso o autorización administrativa o de otra índole la Sociedad no podrá realizar dichas actividades mientras el requisito exigido no sea cumplido. 3. Las actividades indicadas podrán, también, ser desarrolladas por la Sociedad, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la participación en otras sociedades con objeto análogo. Asimismo, la Junta general en la indicada reunión acordó reducir el capital social en la cifra de 2.585.900,46 euros, hasta la cifra de 420.960,54 euros, con la finalidad de devolver aportaciones a los accionistas. La reducción se efectúa mediante el procedimiento de disminuir el valor nominal de todas y cada una de las acciones que integran el capital social, en la suma de 0,86 céntimos de euro por acción.

Como consecuencia de la reducción de capital acordada, el artículo 5.º de los Estatutos sociales (relativo al capital social) pasa a tener la siguiente redacción:

Artículo 5.-Capital social.-El capital de la sociedad es de 420.960,54 euros, representado por 3.006.861 acciones nominativas de 0,14 céntimos de euro de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 3.006.861, ambos inclusive.

Las acciones se encuentran íntegramente suscritas y desembolsadas.

Madrid, 13 de enero de 2006.-El Presidente del Consejo de Administración, Antonio Cerdá Cerdá.-1.912.

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