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En Junta general extraordinaria y universal de fecha 20 de noviembre de 2006, se acordó por el socio único, la disolución sin liquidación de la sociedad, con cesión global de Activos y Pasivos sociales y la transmisión en bloque del patrimonio social íntegro a su socio único, la entidad «Quintiles Iberia Sociedad Anónima Unipersonal».
Los acreedores de las sociedades cedente y cesionaria tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de cesión en los domicilios sociales y a oponerse a la cesión en las mismas condiciones y con los mismos efectos previstos para el caso de fusión, en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio publicado, de conformidad con lo establecido en el artículo 117 de la Ley 2/1995 de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Madrid, 21 de noviembre de 2006.-El Secretario no Consejero, Jaime Rodríguez-Arias Velasco.-67.106.
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