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Anuncio de fusión
Se hace público que las juntas generales extraordinarias y universales de accionistas de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 29 de junio de 2015, aprobaron, todas ellas por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por RENTOKIL INITIAL ESPAÑA, S.A. de COLL I MIRO TRACTAMENTS, S.L.U., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que compone su patrimonio a la sociedad absorbente, y sin ampliación del capital social de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del 100% del capital de la sociedad absorbida. Por idéntica razón, no han resultado necesarios los informes de los Administradores, ni los de los expertos independientes. Tampoco ha sido necesario el canje de acciones, ni se ha introducido reforma alguna en los Estatutos de la sociedad absorbente. Todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y de Barcelona, habiendo aprobado como balance de fusión de cada una de las sociedades, el cerrado el 31 de diciembre de 2014, que se corresponde con el último balance anual aprobado.
Conforme al acuerdo de fusión aprobado, las operaciones realizadas por la sociedad absorbida se entenderán realizadas, por cuenta de la absorbente, a efectos contables, a partir del 1 de enero de 2015, inclusive.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el art. 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 30 de octubre de 2015.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Rentokil Initial España, S.A., y el Administrador Solidario de Coll i Miró Tractaments, S.L.U.
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