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Documento BORME-C-2015-10593

INMOBILIARIA TURON & ROS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ROS & TURON GESTION INVERSIONES INMOBILIARIAS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 216, páginas 12465 a 12465 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-10593

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, "LME"), se hace constar que, en fecha 28 de octubre de 2015, el socio único de INMOBILIARIA TURON & ROS, S.L.U. (sociedad absorbente) y los socios de ROS & TURON GESTION INVERSIONES INMOBILIARIAS, S.L. (sociedad absorbida) han acordado por unanimidad, la fusión por absorción entre ROS & TURON GESTION INVERSIONES INMOBILIARIAS, S.L. y INMOBILIARIA TURON & ROS, S.L.U., en los términos establecidos en el proyecto común de fusión elaborado por los Administradores de ambas sociedades, siendo INMOBILIARIA TURON & ROS, S.L.U. la absorbente y ROS & TURON GESTION INVERSIONES INMOBILIARIAS, S.L. la absorbida.

Se hace constar que el acuerdo de fusión se ha adoptado de manera unánime por los socios de ambas sociedades de conformidad con el artículo 42 de la LME, por lo que no fue necesario depositar el proyecto de fusión elaborado por los Administradores, habiéndose acordado la fusión sobre la base de los balances de las dos sociedades cerrados a 31 de Agosto de 2015.

La fusión tiene carácter de impropia e inversa por cuanto la sociedad absorbente, INMOBILIARIA TURON & ROS, S.L.U. está íntegramente participada por la sociedad absorbida, ROS & TURON GESTION INVERSIONES INMOBILIARIAS, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 49 y 52.1 de la LME no procede establecer tipo de canje de las participaciones ni ampliar el capital de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión.

En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente. La fusión impropia inversa tendrá efectos contables a partir de 1 de septiembre de 2015.

Se hace constar expresamente que los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión tienen derecho a obtener de manera gratuita el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los balances de fusión. Asimismo se hace constar que los acreedores de las sociedades intervinientes que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos del artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

En Castellbisbal, 28 de octubre de 2015.- Don Jorge Turon Villa representante de Ros & Turon Gestión Inversiones Inmobiliarias, S.L. Administrador único de Inmobiliaria Turon & Ros, S.L.U. y José María Ros González Administrador solidario de Ros & Turon Gestion Inversiones Inmobiliarias, S.L.

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