Anuncio de fusión impropia por absorción
De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales, se hace público que en fecha 18 de noviembre de 2015, los socios de Inversiones Cala d'Or, S.L., acordaron por unanimidad en Junta General celebrada con carácter extraordinario y universal la fusión por absorción de Solares A-1 y B-18, S.L., por parte de Inversiones Cala d'Or, S.L., con la consiguiente disolución y liquidación de la sociedad absorbida, la atribución de su patrimonio íntegro a la absorbente y la sucesión universal en los derechos y obligaciones de la absorbida por parte de la absorbente.
La fusión se aprobó por Inversiones Cala d'Or, S.L., en Junta Universal por unanimidad y tiene carácter de impropia por lo que de conformidad con la Ley 3/2009 no es preciso publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, ni elaborar el informe de los administradores ni de los expertos independientes sobre el proyecto de fusión, ni ampliar el capital social de la absorbente, ni aprobar la fusión por la Junta general de la absorbida, ni tampoco incluir en el proyecto común de fusión las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la citada Ley.
Se aprobaron los respectivos balances de fusión cerrados el 31 de diciembre de 2014 y las operaciones de la absorbida se entenderán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la absorbente a partir de 1 de enero de 2015.
No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la sociedad absorbente.
Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener en el domicilio social de las mismas el texto íntegro del acuerdo y de los Balances de fusión, así como el derecho de los socios a pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos relacionados con la fusión, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 39 y 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes a oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales.
Cala d'Or, 18 de noviembre de 2015.- El Administrador único de Inversiones Cala d'Or, S.L., y el Administrador único Solares A-1 y B-18, S.L., D. Andrés Roig Florit.
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