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En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y concordantes de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME) se hace público que Bruno-Aloysius-Joanna Mertens, socio único de "Elastomer Services & Consulting, S.L." sociedad unipersonal y de "CB Trading Services & Consulting, S.L.", sociedad unipersonal, aprobó el día 18 de noviembre de 2015, la fusión por absorción de dichas sociedades mediante la absorción de "CB Trading Services & Consulting, S.L.", sociedad unipersonal (Sociedad Absorbida) por "Elastomer Services & Consulting, S.L.", sociedad unipersonal (Sociedad Absorbente) conforme a lo previsto en el artículo 52.1 en relación con el 49 LME, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente; todo ello de conformidad con los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión suscrito y formulado por los miembros de los órganos de administración de las sociedades intervinientes el día 17 de noviembre de 2015.
Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances cerrados a 31 de octubre de 2015 de dichas sociedades, y se realizará de conformidad con el Proyecto Común de Fusión que fue aprobado asimismo por el socio único el citado 18 de noviembre de 2015.
La presente operación es una fusión especial, sometida al régimen del artículo 52.1 LME, dado que la sociedad absorbente y la sociedad absorbida son sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio único, de tal forma que tratándose de un supuesto de fusión entre sociedades hermanas (supuesto asimilado legalmente a la absorción de sociedades íntegramente participadas) no es necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y tampoco el informe de administradores sobre el Proyecto de Fusión.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión, de examinar en los domicilios sociales de éstas o de pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos que se relacionan en el artículo 39 de la LME, así como a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado. Del mismo modo, se hace constar también el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 y concordantes de la LME, de oponerse a la fusión, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
En Jávea (Alicante), 19 de noviembre de 2015.- Por Elastomer Services & Consulting, S.L., Unipersonal y por CB Trading Services & Consulting, S.L., Unipersonal: El Administrador único, Bruno-Aloysius-Joanna Mertens.
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