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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), se hace público que, con fecha 1 de diciembre de 2015, el socio único de la entidad "Columbian Carbón Spain, sociedad limitada unipersonal.", acordó la fusión por absorción de ACB Decanting Services, sociedad limitada unipersonal (Sociedad absorbida), por Columbian Carbón Spain, sociedad limitada unipersonal (Sociedad absorbente), con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Órganos de Administración de las sociedades intervinientes.
Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener en cada domicilio social el texto integro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.
Para ejercitar su derecho de oposición, los acreedores dispondrán del plazo de un mes desde la fecha del último anuncio del presente acuerdo de fusión.
Gajano, 1 de diciembre de 2015.- D.ª Ainara Rentería Tazo, Secretaria no Consejera del Consejo de Aadministración de Columbian Carbón Spain, S.L.U.
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