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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que en la Junta General de Calvià 2000, S.A., en su reunión de fecha 26 de noviembre de 2015, se tomaron los siguientes acuerdos:
«Primero.- Reducir el capital social de la entidad en la cifra de setenta y nueve mil un euros con sesenta céntimos (79.001,60.-€), con la finalidad, de acuerdo con el artículo 317 de la Ley de Sociedades de Capital, de devolver aportaciones.
La reducción se efectúa mediante el procedimiento de disminuir el valor nominal de todas y cada una de las acciones que integran el capital social, en la suma de doce euros con ochenta céntimos (12,80.-€).
En consecuencia, el valor nominal de cada acción queda fijado en ochocientos cincuenta y seis euros con cincuenta céntimos (856,50.-€).
Para dar cumplimiento a lo anterior se transmitirán al Ajuntament de Calvià, único accionista de Calvià 2000, S.A., las acciones que Calvià 2000, S.A. dispone de Limpiezas Costa de Calvià, S.A. Las acciones que se transmiten son la totalidad de acciones de Limpiezas Costa de Calvià, S.A., y, en concreto, corresponden a los números 1 a 200, ambos inclusive, todas ellas de clase y serie única de 300,51 euros de valor nominal cada una. Las acciones se valoran por un importe de setenta y nueve mil un euros con sesenta céntimos (79.001,60.-€), según informe del Consejo de Administración de Calvià 2000, S.A.
La reducción deberá ejecutarse en el plazo máximo de 6 meses, a partir de la fecha del presente acuerdo.
Segundo.- Como consecuencia de la reducción, modificar los artículos 5º y 6º de los estatutos sociales que quedarán redactados de la siguiente manera:
"Artículo 5º.- Capital Social.- La sociedad tiene un capital social de cinco millones doscientos ochenta y seis mil trescientos dieciocho euros (5.286.318,00.-€), íntegramente suscrito y desembolsado por el Ajuntament de Calvià, que no podrá ser transferido ni destinado a otra finalidad.
Artículo 6º.- Acciones.- El Capital Social está representado por 6.172 acciones nominativas de ochocientos cincuenta y seis euros con cincuenta céntimos (856,50.-€) de valor nominal cada una, incorporadas todas ellas a un sólo título, que contendrá las menciones y requisitos exigidos por el Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y se inscribirá en el libro-registro que, a este efecto, llevará la sociedad."
Tercero.- Facultar al Presidente del Consejo de Administración de la entidad para que comparezca ante Notario y eleve los presentes acuerdos a escritura pública a fin de lograr su inscripción en el Registro Mercantil.»
Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción de capital en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción, en los términos previstos en los artículos 334, 336 y 337 de la Ley de Sociedades de Capital.
Calvià, 3 de diciembre de 2015.- El Secretario del Consejo de Administración, D. Juan Castañer Alemany.
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