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De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General de la sociedad "Salipast Ristoranti, S.L." (sociedad absorbente) acordó, con fecha 9 de diciembre de 2015, la fusión por absorción de la sociedad, íntegramente participada, "Hosteltalia, S.L.U." (sociedad absorbida), que quedará extinguida, mediante el traspaso en bloque del patrimonio de su patrimonio a favor de "Salipast Ristoranti, S.L." como sucesora universal, quedando subrogada en todos los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas.
La fusión se acoge al procedimiento simplificado previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009 ya citada, y se ha llevado a cabo sin publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.
En atención a lo establecido en el artículo 43 de la citada norma legal, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las respectivas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Sevilla, 15 de diciembre de 2015.- La Administradora Única de "Salipast Ristoranti, S.L." y "Hosteltalia, S.L.U.", doña María Dolores Vela Pérez.
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