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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el día 13 de abril de 2015 la entidad "Caixabank, S.A." en su condición de Socio Único de la mercantil "Arquitrabe Activos, S.L." Sociedad Unipersonal (la "Sociedad Absorbente"), decidió aprobar la fusión por absorción por parte de la Sociedad Absorbente de las siguientes sociedades: "Vip Desarrollos, S.L.U."; "Myqueli Inmuebles, S.L.U."; "Valenciana de Inversiones Participadas, S.L.U."; "Corporación Urbanística y de Bienes Inmuebles de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Navarra, S.L.U."; "Cajasol Inversiones Inmobiliarias, S.A.U."; "Vip Administración de Inmuebles, S.L.U."; "Vip Negocios, S.L.U."; "Inverjico 2005, S.L.U."; "Bavacun, S.L." (las "Sociedades Absorbidas").
En consecuencia, "Arquitrabe Activos, S.L." Sociedad Unipersonal, adquirirá en bloque, a título universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas, que quedarán disueltas sin liquidación, todo ello, en los términos previstos en el proyecto común de fusión suscrito por los respectivos órganos de administración de las sociedades intervinientes.
En la medida en que la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas están, de forma directa o indirecta, íntegramente participadas por el mismo socio o que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa o indirecta de la totalidad de las acciones o participaciones de las Sociedades Absorbidas, de conformidad con los artículos 49 y 52.1 en concordancia con el artículo 49.1. 4º LME, se hace constar que la fusión ha sido aprobada por el Socio Único de la Sociedad Absorbente, y ha contado con la aprobación de la fusión por las juntas generales de las Sociedades Absorbidas.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los balances de fusión de las sociedades intervinientes, cerrados a 31 de diciembre de 2014, así como el derecho de los acreedores de las mismas a oponerse a la fusión en los términos del artículo 44 LME, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 13 de abril de 2015.- Don Antonio Cayuela Gil en representación de la sociedad Web Gestión 1, S.A.U. Administrador Único, Arquitrabe Activos, S.L. Sociedad Unipersonal; Don Francisco Javier Fernández Sobrino, en representación de la sociedad "Valenciana de Inversiones Participadas, S.L.U.", que es Administradora Única de "Vip Desarrollos, S.L.U.", de "Myqueli Inmuebles, S.L.U.", de "Vip Administración de Inmuebles, S.L.U.", de "Vip Negocios, S.L.U." de "Inverjico 2005, S.L.U." y de "Bavacun, S.L.", Don Feliu Formosa Prat, en representación de la sociedad "Web Gestión 1, S.A.U." que es Administradora Única de las sociedades "Cajasol Inversiones Inmobiliarias, S.A.U.", de "Valenciana de Inversiones Participadas, S.L.U." y de "Corporación Urbanística y de Bienes Inmuebles de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Navarra, S.L.U.
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