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Anuncio de reducción de capital social por pérdidas.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que con fecha 30 de diciembre de 2014, el Socio único de la sociedad CPP MEDIACIÓN Y PROTECCIÓN, S.L.U (la "Sociedad") decidió la reducción del capital social en la suma de 846.386 euros, mediante la amortización de 846.386 participaciones sociales, numeradas correlativamente de la 1 a la 846.386, ambas inclusive, con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad, disminuido como consecuencias de las pérdidas.
En tanto la reducción de capital tiene por única finalidad el restablecimiento del equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas, los acreedores sociales no podrán oponerse a la reducción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 335 LSC.
Dado lo anterior, el capital de la sociedad queda fijado en 6.620 euros, representado por 6.620 participaciones sociales, con un valor nominal de 1 euro cada una, numeradas correlativamente del 1 a la 6.620, ambos inclusive.
A la vista de lo anterior, se acordó modificar el artículo 5 de los Estatutos sociales
Madrid, 7 de enero de 2015.- Ángel de León Ceano-Vivas y Arturo Labanda Urbano, Administradores Mancomunados de CPP Mediación y Protección S.L.U.
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