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Documento BORME-C-2015-4189

LEIZ, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LUIZARD, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 90, páginas 5115 a 5115 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-4189

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME")se hace público que el socio único de la sociedad Leiz, Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad Absorbente), y los socios de Luizard, Sociedad Limitada (sociedad Absorbida), ejerciendo las competencias de la Junta general, han adoptado en ambas sociedades con fecha 6 de abril de 2015, la decisión de aprobar la fusión por absorción de Luizard, Sociedad Limitada por parte de Leiz, S.L., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los Administradores de ambas sociedades con fecha 6 de abril de 2015, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49 por remisión del artículo 52 de la LME, al tratarse de fusión por absorción de sociedades mayoritariamente participadas de forma directa por el mismo socio.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en ambas sociedades por decisión del socio único ejerciendo las facultades de la Junta general en la absorbente, resulta que los acuerdos de fusión se adoptaron en junta universal y por unanimidad de todos los socios en cada una de las sociedades participantes en la fusión, y en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

Madrid, 7 de mayo de 2015.- El Administrador único de Leiz, S.L.U., don Luis Guillermo León-Izard Hierro, y la Administradora única de Luizard, S.L., doña María Almudena García Sánchez.

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