De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace público que las Juntas Generales de Socios de las citadas sociedades, celebradas todas con carácter universal, en fecha 19 de mayo de 2015, aprobaron por unanimidad la Fusión por absorción de las mismas, mediante la absorción por parte de MTS INCOMING, S.L.U. de VIAJES DE LA LUZ, S.A.U., con extinción de la última y transmisión en bloque a título universal de su patrimonio a la absorbente, con el consiguiente traspaso de todos los bienes, derechos y obligaciones que constituye su patrimonio social.
EL Proyecto Común de Fusión se ha realizado sobre la base de los balances de fusión de las sociedades que participan en la fusión cerrados a 31 de diciembre de 2014, que fueron formulados por los órganos de administración de ambas sociedades en fecha 20 de marzo de 2015, aprobados por el socio único común de ambas sociedades y verificados por los auditores de cuentas de las dos sociedades. La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2015.
Se hace constar que los documentos enumerados en el artículo 39.1 de la Ley 3/2009, se encuentran disponibles en el domicilio social de las dos sociedades participantes en la fusión, para su examen por los accionistas, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores, con posibilidad de obtener entrega o el envío gratuito de su texto íntegro.
Asimismo, se hace constar expresamente de conformidad con el artículo 43 de la citada Ley, el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.
Palma de Mallorca, 19 de mayo de 2015.- Juan Sánchez Oliver, Administrador único de las Sociedades Mts Incoming, Sociedad Limitada Unipersonal y Viajes de la Luz, Sociedad Anónima Unipersonal.
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