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Documento BORME-C-2015-6390

SAGE SP, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SAGE XRT SOLUCIONES FINANCIERAS, S.A.U
SAGE EUROWIN, S.L.U.
SAGE LOGIC CONTROL, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 103, páginas 7676 a 7678 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-6390

TEXTO

Anuncio de fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, denominada, "LME"), y en la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que en fecha 2 de junio de 2015, el Socio Único de las sociedades Sage Sp, S.L.U., actualmente denominada Sage Spain, S.L.U. (sociedad absorbente), de Sage Xrt Soluciones Financieras, S.A.U. y de Sage Eurowin, S.L.U., así como la Junta General Extraordinaria de socios de la sociedad Sage Logic Control, S.L. (sociedades absorbidas), también celebrada el día 2 de junio de 2015, con el voto favorable de 99,977134 por ciento han, respectivamente, adoptado el acuerdo de aprobar la fusión por absorción de las sociedades Sage Xrt Soluciones Financieras, S.A.U., Sage Eurowin, S.L.U. y Sage Logic Control, S.L. por parte de la sociedad absorbente con disolución, sin liquidación de las sociedades absorbidas y adquisición por sucesión universal de sus patrimonios por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado y aprobado, en fecha 18 de marzo de 2015, por los Consejos de Administración de las cuatro sociedades participantes en la misma, y posteriormente subsanado por una adenda redactada y aprobada en fecha 8 de abril de 2015. A la fusión por absorción de las sociedades Sage Xrt Soluciones Financieras, S.A.U. y Sage Eurowin, S.L.U. por parte de Sage Sp, S.L.U., actualmente denominada Sage Spain, S.L.I., Socio Único de las citadas sociedades, le es de aplicación lo dispuesto en el artículo 49 de la "LME" relativo a la absorción de sociedades íntegramente participadas y a la fusión de Sage Logic Control, S.L. también por parte de Sage Sp, S.L.U., actualmente denominada Sage Spain, S.L.U., le es de aplicación lo dispuesto en los artículos 24 y siguientes de la "LME".

Se hace constar también que Sage Sp, S.L.U., ha modificado su denominación social por la de Sage Spain, S.L.U. en virtud de las decisiones adoptadas por su socio único en fecha 1 de junio de 2015.

Como consecuencia de la aprobación de la fusión Sage Xrt Soluciones Financieras, S.A.U., Sage Eurowin, S.L.U. y Sage Logic Control, S.L., quedan extinguidas, operando la sucesión universal mediante la integración de sus patrimonios en la sociedad absorbente y subsistente. A su vez, la sociedad absorberte aumenta el capital social como consecuencia de la fusión por absorción de Sage Logic Control, S.L. para permitir que los socios de esta sociedad participen en el capital social de Sage Sp, S.L.U. actualmente denominada Sage Spain, S.L.U. ha acordado aumentar su capital social en un importe de 993.206,71 euros mediante la emisión de 131.203 participaciones sociales de 7,57 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1.108.603 a la 1.239.805, ambas inclusive. Cada una de las participaciones sociales emitidas por la sociedad absorbente se crean con una prima de emisión de 1.342,99 euros y se atribuyen a los socios de Sage Logic Control, S.L. de forma proporcional a su participación en el capital social. Concretamente, por cada acción de Sage Logic Control, S.L. corresponden 0,6250237 participaciones sociales de la sociedad absorbente.

Como consecuencia del aumento de capital, el capital social de la sociedad absorbente ha quedado fijado en la suma de 9.385.323,85 euros, dividido en 1.239.805 participaciones sociales, de 7,57 euros de valor nominal cada una de ellas.

Por ello, el Socio Único de la sociedad absorbente ha acordado modificar el artículo 5 de los Estatutos Sociales, que queda redactado de la siguiente forma:

"El capital social se fija en nueve millones trescientos ochenta y cinco mil trescientos veintitrés euros con ochenta y cinco céntimos de euro (9.385.323,85 euros). Dicho capital social se divide en un millón doscientos treinta y nueve mil ochocientas cinco (1.239.805) participaciones sociales de siete euros con cincuenta y siete céntimos (7,57 euros) cada una de ellas, totalmente suscritas y desembolsadas, numeradas correlativamente de la 1 a la 1.239.805, ambas inclusive, que no podrán estar representadas por medio de títulos ni de anotaciones en cuenta, ni denominarse acciones".

Las participaciones sociales emitidas por la sociedad absorbente como consecuencia de la fusión dan derecho a sus titulares a participar en las ganancias sociales y cualesquiera peculiaridades relativas a este derecho, a partir del 1 de octubre de 2014.

Se han utilizado como balances, a efectos de fusión, los balances de cada una de las sociedades cerrados a fecha de 30 de septiembre de 2014 y las operaciones de las sociedades absorbidas se consideran realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad a la que traspasa su patrimonio a partir del día 1 de octubre de 2014. No se otorga ningún derecho especial por no existir ni en la sociedad absorbente ni en las sociedades absorbidas, participaciones de clases especiales ni derechos especiales. La fusión no tiene ninguna incidencia sobre las aportaciones de industria ni sobre las prestaciones accesorias, al no existir. Tampoco se van a otorgar compensaciones, acciones o derechos especiales a los socios de la sociedad absorbente.

No se atribuye ninguna clase de ventajas a los Administradores de la sociedad absorbente ni a los de las sociedades absorbidas, ni a expertos independientes por no ser necesaria su intervención. Los estatutos sociales de la sociedad resultante de la fusión serán los de la sociedad absorbente.

La fusión no tendrá impacto alguno en los Órganos de Administración ni generará ninguna incidencia en cuanto a la responsabilidad social de la empresa.

De conformidad con lo establecido en el artículo 89 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, el régimen fiscal aplicable es el Régimen Fiscal especial de las fusiones, establecido en el Capítulo VII del Título VII de la mencionada Ley 27/2014.

Cuanto antecede consta en el proyecto de fusión que ha sido depositado en el Registro Mercantil de Madrid, Barcelona y Lérida

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la "LME" se hace constar el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión. Asimismo, los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, de acuerdo con el artículo 44 de la "LME".

En Madrid, Lérida y Barcelona, 2 de junio de 2015.- El Secretario del Consejo de Administración de Sage Sp, S.L.U., actualmente denominada Sage Spain, S.L.U., Sage Xrt Soluciones Financieras, S.A.U. Sage Eurowin, S.L.U. y de Sage Logic Control, S.L., Juan Pablo Herrera Agudo.

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