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De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Ordinaria de la sociedad Progenika Biopharma, S.A. (la "Sociedad Absorbente") celebrada el día 18 de junio de 2015, acordó la fusión por absorción de la sociedad íntegra y directamente participada Proteomika, S.L., Sociedad Unipersonal (la "Sociedad Absorbida") con la consecuente disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la atribución de su patrimonio íntegro a título universal a la Sociedad Absorbente, que adquirirá los derechos y obligaciones de la misma. Se han aprobado como balances de fusión los cerrados por dichas sociedades a fecha 31 de diciembre de 2014.
La Sociedad Absorbida está íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Absorbente, habiéndose efectuado la fusión por absorción por el procedimiento simplificado del artículo 49.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
En Derio (Vizcaya), 18 de junio de 2015.- El Vicesecretario no Consejero de Progenika Biopharma, S.A., don Raimon Grifols Roura. El legal representante de Proteomika, S.L.U., don Antonio Martínez Martínez.
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