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De conformidad con lo establecido en el art. 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el 2 de julio de 2015 las Juntas Generales de las Sociedades Lantemar, Comercial Marítima de Reparaciones, S.L. y Miller and Borne, S.L., adoptaron por unanimidad el acuerdo de fusión por absorción, por el que la Sociedad Lantemar, Comercial Marítima de Reparaciones, S.L. absorbe a la Sociedad Miller and Borne, S.L., que están íntegramente participada por el mismo socio (sociedades gemelas), con extinción de ésta última y transmisión en bloque de todo su patrimonio social a Lantemar, Comercial Marítima de Reparaciones, S.L. que adquiere por sucesión a título universal, la totalidad de los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, todo ello de conformidad con el proyecto de fusión aprobado por los respectivos órganos de administración de las sociedades fusionadas.
Las Sociedades participantes en la fusión han adoptado unánimemente el acuerdo de fusión. Por ello la operación se estructura y enmarca dentro de la fusión por absorción mediante acuerdo unánime de fusión que se regula por el artículo 42 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio, en los términos establecidos en el art. 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Madrid, 3 de julio de 2015.- D. José Ignacio Molero Jayo, Administrador único de Lantemar, Comercial Marítima de Reparaciones, S.L. y de Miller and Borne, S.L.
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