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Se hace público que el socio único de las sociedades Cumbremar 87, S.L.U. (sociedad absorbida), e Internacional Comercializadora de Viviendas, S.L.U. (sociedad absorbente), ha adoptado con fecha 28 de julio de 2015, aprobar la fusión por absorción de Cumbremar 87, S.L.U., por parte de Internacional Comercializadora de Viviendas, S.L.U., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente, conforme al proyecto común de fusión redactado por los Administradores de ambas sociedades con fecha 28 de julio de 2015. La fusión tendrá efectos contables 1 de julio de 2015 y se realiza de conformidad al art. 49 por remisión del art. 52 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME).
Conforme al art. 43 LME, se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo al art. 44 LME.
Madrid, 29 de julio de 2015.- El Secretario del Consejo de Administración de Internacional Comercializadora de Viviendas, S.L.U.- El Administrador .único de Cumbremar 87, S.L.U.
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