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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el día 22 de julio de 2015, los respectivos socios únicos de TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U., y de MOVISTAR LOYALTY, S.L.U., han acordado la fusión por absorción de ésta última por parte de la primera, con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque de todo el patrimonio social de la misma a favor de la sociedad absorbente.
Se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión; así como el derecho que asiste a los acreedores, conforme al artículo 44 de la citada Ley 3/2009, de oponerse a la fusión con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de fusión.
Madrid, 27 de julio de 2015.- Telefónica de España, S.A.U., Pablo de Carvajal González, Consejero Secretario del Consejo Movistar Loyalty, S.L.U., Juan Manuel García Rodríguez, Administrador único.
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