Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 73 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el socio único en ejercicio de las competencias de Junta General de las entidades Trialuxor, Sociedad Limitada Unipersonal y Xikadio, Sociedad Limitada Unipersonal, acordó, el pasado 1 de julio de 2015, aprobar la escisión parcial de Trialuxor, Sociedad Limitada Unipersonal, mediante la transmisión de una unidad económica integrada por la participación financiera que esta ostenta en el capital social de la entidad Zekium, Sociedad Limitada Unipersonal (100 por 100 del capital social).
La Sociedad Beneficiaria, Xikadio, Sociedad Limitada Unipersonal, como consecuencia de la presente escisión parcial adquirirá por sucesión universal la totalidad de derechos y obligaciones que componen la parte del patrimonio de la sociedad escindida de conformidad con el Proyecto Común de Escisión Parcial suscrito por el Órgano de Administración el 28 de junio de 2015.
Se hace constar que, por aplicación del artículo 42.1 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no ha sido preciso el informe del órgano de administración sobre el proyecto de escisión y en virtud del artículo 78 de la referida Ley tampoco es preciso informe de expertos independientes
Igualmente se hace constar que la entidad Trialuxor, Sociedad Limitada Unipersonal, reducirá sus fondos propios de la sociedad en la suma de 1.293.881,09 euros, correspondiendo 94.600,00 a reducción capital y el resto, es decir 1.199.281,09 euros, a la reducción en la cifra de 864.245,03 euros de reservas voluntarias y 335.036,06 euros de resultados de ejercicios anteriores. La citada reducción de capital en la sociedad escindida por importe de 94.600,00 euros, se realiza mediante la amortización de 946 participaciones, nºs. 1 al 946, inclusive. A su vez la sociedad beneficiaria, ha acordado ampliar su capital social en la suma de 1.293.880,00 euros, mediante la creación de 129.388 participaciones de 10,00 euros de valor nominal cada una de ellas, nºs. 301 al 129.688, inclusive, con iguales derechos económicos y políticos que las ya existentes, creadas a la par.
Se hace constar la puesta a disposición de los representantes de los trabajadores los documentos a que hace referencia el artículo 39 de la Ley 3/2009, igualmente se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y se informa a los acreedores de que podrán oponerse a la escisión parcial durante el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio de escisión parcial, conforme a lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del artículo 73 de la misma Ley y según lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital.
Palma de Mallorca, 27 de julio de 2015.- Administrador único de las entidades Trialuxor, Sociedad Limitada Unipersonal y Xikadio, Sociedad Limitada Unipersonal, Don Rafael Juan Blanes Servera.
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