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Anuncio de escisión parcial
Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales de Sociedades, por remisión del artículo 73 de la misma, se hace público que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Autocares Samar, S.A., celebrada, previa convocatoria, el día 5 de agosto de 2015, aprobó, por mayoría, la escisión parcial de dicha compañía a favor de la sociedad de nueva creación, denominada Rebido Inmobiliaria, S.L., que, como beneficiaria, recibe en bloque por sucesión universal, la rama de actividad escindida, referente a la promoción y explotación inmobiliaria de cualquier tipo, siguiendo para ello el procedimiento simplificado previsto en el artículo 78 bis de la citada Ley, con reducción de capital en la escindida, atribuyendo las participaciones sociales de la nueva sociedad a los socios de la escindida proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de ésta, no siendo preciso Informe de los Administradores sobre el Proyecto, ni Informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en el plazo establecido en el artículo 44 de la repetida Ley.
Madrid a, 6 de agosto de 2015.- El Presidente del Consejo de Autocares Samar, S.A.
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