Con fecha 31 de julio de 2015, y en cumplimiento de los dispuesto en la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el socio único de "Solteka New, S.L.U." (sociedad beneficiaria de la segregación) y los accionistas de "Solteka, S.A." (sociedad segregada), han aprobado el Proyecto Común de Segregación de fecha 30 de junio de 2015 y los balances cerrados a fecha 30 de junio de 2015, que sirven de base a la segregación, y la operación de segregación en sí misma, ajustada a los términos y condiciones establecidos en el referido Proyecto Común de Segregación, por virtud del cual, la sociedad segregada transmitirá en bloque una parte de su patrimonio social, por sucesión universal, consistente en la unidad productiva autónoma relativa a la actividad dirigida a la construcción de maquinaria agrícola a favor de la sociedad beneficiaria de la segregación.
Los socios y acreedores de, por un lado, la sociedad segregada, y por otro, de la sociedad beneficiara de la segregación, tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de aprobación de la segregación y los balances de las sociedades intervinientes, en el domicilio de estas, con el derecho que les asiste de oposición en los términos y condiciones indicados en la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Lleida, 5 de agosto de 2015.- El Secretario del Consejo de Administración de "Solteka, S.A.", "Fruitlon, S.L.", representada por M.ª Dolores Deu Majoral, y el Administrador Único de "Solteka New, S.L.U.", "Buifa, S.L.", representada por Bartolomé Buira Ferre.
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