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Anuncio de sustitución de títulos
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se hace público que, como consecuencia de las dos operaciones de escisión parcial formalizadas mediante (i) escritura otorgada ante el Notario de Tres Cantos, Madrid, D. Juan Ignacio Matilla Sacristán, el 7 de diciembre de 2006, con número de protocolo 2.212; y (ii) escritura otorgada ante el mismo Notario, el 29 de junio de 2010, con número de protocolo 884, por las que se redujo el valor nominal de todas las acciones representativas del capital social, primero a la cifra de 4,50 euros y posteriormente a 4,49 euros por acción, en las que no se completó la correspondiente sustitución de títulos por desconocimiento de la identidad de parte del accionariado, el Consejo de Administración de Siemens, S.A. (la "Sociedad"), ha acordado con fecha de 15 de julio de 2015, proceder a la sustitución de los títulos al portador de la Sociedad representativos de las 6.732.000 acciones en las que se divide su capital social, procediéndose a la anulación automática de aquellos que no sean presentados para su canje, y a la emisión de nuevos títulos, con valor nominal de 4,49 euros por acción, en sustitución de los anteriores.
Plazo: El plazo para proceder al canje será de un mes a contar de desde la fecha de la última de las publicaciones del presente anuncio, de conformidad con lo previsto en el citado artículo de la LSC.
Procedimiento: Podrán acudir al canje todos los accionistas de la Sociedad, en el plazo citado, presentando sus correspondientes títulos durante el plazo señalado mediante escrito dirigido a la entidad en la que tengan depositadas sus acciones, quien las remitirá al domicilio social sito en C/ Ronda de Europa 5, 28760 Tres Cantos, Madrid. En el supuesto de que el accionista no tuviera depositados sus títulos en entidad alguna, deberá dirigirse directamente a la Sociedad, en su domicilio social. En todo caso, las declaraciones de aceptación de canje se acompañarán de la titulación suficiente para que pueda llevarse a cabo el canje de los correspondientes títulos, que en ningún caso implicará coste alguno para los accionistas.
Asimismo, se deja expresa constancia de que los títulos que no sean presentados para su canje dentro del plazo señalado anteriormente, serán automáticamente anulados y sustituidos por otros nuevos, cuya emisión se anunciará en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en el diario en que se hubiera producido el anuncio del canje, y quedarán depositados en el domicilio social, sujetos a lo previsto en lo establecido en el artículo 117.3 de la LSC. Así, transcurridos tres años desde que se constituyó el depósito, los nuevos títulos emitidos en sustitución de los anulados que no hayan sido reclamados podrán ser vendidos por la Sociedad, quedando el importe de la venta depositado a disposición de los interesados en el Banco de España o en la Caja General de Depósitos.
Tres Cantos, Madrid, 6 de agosto de 2015.- D. Fernando Ortega López de Santa María, Secretario no Consejero de la Sociedad.
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