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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las respectivas Juntas Generales Extraordinarias Universales de socios celebradas el día 31 de agosto de 2015, acordaron unánimemente que VIMAR PROMOCIONES E INVERSIONES, S.L. (sociedad absorbente) adquiera de CENEC CENTRO DE NEGOCIOS ELCANO, S.L. (sociedad absorbida) en bloque y por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de esta última, que queda disuelta y extinguida sin liquidación en los términos y condiciones del Proyecto de Fusión.
Que como consecuencia de la fusión aprobada, se acordó elevar la cifra del capital social en 961,60 euros, procediendo a la correspondiente modificación de los Estatutos Sociales.
De conformidad con lo previsto en el artículo 43 y 44 de la Ley 3/2009 se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión aprobados, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales, así como el derecho de oposición que durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión, asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan.
Getxo, 31 de agosto de 2015.- Los administradores únicos de las sociedades que se fusionan.
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