Doña Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 10 de Madrid, hace saber que en los autos 506/14 de Convocatoria de Junta Extraordinaria, se han dictado las siguientes resoluciones, por las que se admite la solicitud de convocatoria judicial de junta general extraordinaria de accionistas de la sociedad Sendygarz, S.L.
Auto de fecha 20 de abril de 2015 y auto aclaratorio del anterior, de fecha 22 de julio de 2015:
1.-Extracto parte dispositiva, del auto de fecha 20 de abril de 2015,
"Parte dispositiva"
Se admite la solicitud de convocatoria judicial de junta general extraordinaria de accionistas de la sociedad Sendygarz S.L.. formulada por la representación procesal de don Álvaro, don Carlos y don Alejandro Sendon Redondo.
Se convoca la junta general solicitada, que se celebrará en el despacho profesional del Notario don Valerio Pérez Jiménez, sito en calle Gurtubay, número 4 - 1.º izquierda de la ciudad de Madrid, el próximo día 27 de Julio de 2015 a las 11 horas la relativa a la sociedad Sendygarz, S.L., las cuales serán presididas respectivamente por el socio designado por los demás concurrentes al inicio de cada una de las sesiones.
El orden del día de la Junta general extraordinaria de la sociedad Sendygarz S.L., será:
Primero. Nombramiento del órgano de administración de la sociedad (uno o más administradores).
Segundo. Designación de domicilio social.
Tercero. Propuesta de liquidación de la sociedad.
Cuarto. Delegación de las facultades que sean oportunas para la plena ejecución y formación de los acuerdos.
Quinto. Redacción, lectura y aprobación del acta de la reunión.
Dicha convocatoria será publicada en el BORM y en la página web de la sociedad o, en el caso de que no exista, en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia del domicilio social, o del municipio, si esta estatutariamente recogido, con al menos 15 días de antelación respecto de la fecha fijada de celebración, salvo que esté estatutariamente prevista la sustitución de tal sistema por el del anuncio publicado en la página web de la sociedad o, en el caso de que no exista, en un determinado diario de circulación en el término en que esté situado el domicilio social, o por cualquier procedimiento de comunicación, individual y escrita, que asegure la recepción por todos los socios en el domicilio designado al efecto o en el conste en el Libro-registro de socios. En caso de que los socios residan en el extranjero, los estatutos podrán prever que solo serán individualmente convocados si hubieran designado un lugar del territorio nacional para notificaciones.
Los actos de publicidad y comunicación legal o estatutariamente exigidos para hacer efectiva esa convocatoria podrán ser realizados tanto por la parte solicitante como por la propia sociedad, asumiendo la sociedad los gastos generados por la convocatoria y celebración de la Junta.
Notifíquese este Auto según lo dispuesto, previniese de que contra él mismo no cabe recurso alguno, siendo firme.
Así lo acuerda, manda y firma. Doña Marta Canals Lardiés, Juez de refuerzo del Juzgado de lo Mercantil número 10 de los de Madrid. Doy fe.
2.- Extracto PARTE DISPOSITIVA, del auto de rectificación de fecha 22 de julio de 2015, "PARTE DISPOSITIVA"
Se rectifica la parte dispositiva del auto de fecha 20 de abril de 2015, en el sentido de que donde se dice: "Se convoca la junta general solicitada, que se celebrará en el despacho profesional del Notario Don Valerio Pérez Jiménez, sito en Calle Gurtubay, n.º 4, 1.º izquierda de la ciudad de Madrid, el próximo día 27 de julio de 2015 a las 11 horas la relativa a la sociedad Sendygarz S.L las cuales serán presididas respectivamente por el socio designado por los demás concurrentes la inicio de cada una de las sesiones", debe decir: "Se convoca a la junta general solicitada, que se celebrará en el despacho profesional del Notario Don Valerio Pérez Jiménez, sito en calle Gurtubay, n.º 4, 1.º izquierda de la ciudad de Madrid, el próximo día 30 de septiembre de 2015 a las 11 horas la relativa a la sociedad Sendygarz S.L. las cuales serán presididas respectivamente por el socio designado por los demás concurrentes al inicio de cada una de las sesiones", permaneciendo invariables el resto de pronunciamientos de dicha resolución y firme que sea este auto póngase en aquél una nota de referencia a éste, dejando en las actuaciones certificación de esta resolución.
Así lo manda y firma S.Sª. Doy fe.
Y, para que sirva de notificación y citación a las partes se expide la presente,
Madrid, 22 de julio de 2015.- El/la Secretario Judicial.
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