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Reducción de capital para amortización de acciones propias.
En cumplimiento del artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que en la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de Lekuona, Sociedad Anónima (Lekuona, S.A.) de 7 de julio de 2015, se ha acordado reducir el capital social de la Sociedad, con la finalidad de amortizar once mil cien (11.100) acciones propias en un importe de sesenta y seis mil setecientos doce euros con treinta y cuatro céntimos de euro (66.712,34 €), con cargo a beneficios o reservas libres, dejando, por tanto, fijada la cifra de capital social en ciento treinta y tres mil cuatrocientos veinticuatro euros con sesenta y nueve céntimos de euro (133.424,69 €).
Asimismo, se ha acordado dotar la reserva prevista en el apartado c) del artículo 335 de la Ley de Sociedades de Capital con cargo a reservas libres por un importe de sesenta y seis mil setecientos doce euros con treinta y cuatro céntimos de euro (66.712,34 €), correspondiente al importe total del valor nominal de las acciones amortizadas. En consecuencia, conforme a lo señalado en dicho precepto los acreedores de la Sociedad no tendrán el derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con la reducción de capital acordada.
Oiartzun, 7 de julio de 2015.- El Administrador Único, Unai Lecuona Andonegui.
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