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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 73 y 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones Estructurales de las sociedades Mercantiles, se hace público que por decisiones adoptadas en competencias de Junta general por el socio único de la compañía mercantil Codornices la Font, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad parcialmente escindida) y por acuerdo dela Junta general extraordinaria y universal de la compañía mercantil Solé Bertrán, Sociedad Limitada (Sociedad beneficiaria de la escisión), en reuniones de 28 de junio del año 2016, se acordó la escisión parcial de una parte del patrimonio de la sociedad parcialmente escindida (compuesto de acciones y participaciones sociales de otras sociedades) y su traspaso en bloque a la sociedad ya existente beneficiaria de la escisión, adquiriendo ésta última por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido.
Se advierte el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en el plazo de un mes des de la publicación del último anuncio de escisión parcial, todo ello conforme a los artículos 43 y 44 de la citada Ley 3/2009.
Juneda, 14 de julio de 2016.- José Solé Bertrán. Administrador de la compañía mercantil Solé Bertrán, sociedad limitada. Y a su vez representante de la compañía mercantil Solé Bertrán, sociedad limitada, Administradora única de la compañía mercantil Codornices la Font, sociedad limitada unipersonal.
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