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Documento BORME-C-2016-10165

ESTACIONES DE SERVICIO BASEVA, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
SUELOS BASE, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA PREEXISTENTE)

Publicado en:
«BORME» núm. 219, páginas 11778 a 11779 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-10165

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del artículo 73.1 del mismo texto legal, y demás disposiciones aplicables, se hace público que, con fecha 2 de noviembre del año en curso, la Junta General extraordinaria y universal de accionistas de "Estaciones de Servicio Baseva, Sociedad Anónima" ("Sociedad escindida") así como la Junta General extraordinaria y universal de Socios de "Suelos Base, Sociedad Limitada" ("Sociedad beneficiaria preexistente") acordaron, por unanimidad, aprobar la Escisión Parcial de la Sociedad escindida a favor de la Sociedad beneficiaria preexistente, con aplicación de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

La Escisión Parcial implica (i) el traspaso en bloque, por sucesión universal, de una parte del patrimonio de "Estaciones de Servicio Baseva, Sociedad Anónima", constitutiva de una unidad económica, a favor de "Suelos Base, Sociedad Limitada", quien adquirirá, por sucesión universal, todos los bienes, derechos y obligaciones del patrimonio segregado, (ii) la atribución a los accionistas de la Sociedad escindida de las nuevas participaciones sociales de "Suelos Base, Sociedad Limitada" emitidas en la ampliación de capital acordada para recibir el patrimonio escindido se realizará entre los mismos de manera proporcional a su respectiva participación en aquélla, y (iii) la reducción de los fondos propios de "Estaciones de Servicio Baseva, S.A." (capital social y reservas) en la cifra global de un millón seiscientos cinco mil ochocientos treinta y dos euros y veinte céntimos (1.605.832,20 euros), mediante (a) una reducción del capital social en la cifra de un millón doscientos sesenta y seis mil cuatrocientos ochenta y cinco euros y ochenta y tres céntimos (1.266.485,83 euros), mediante la disminución del valor nominal de las cuatrocientas sesenta y una mil trescientas sesenta y nueve (461.369) acciones nominativas, numeradas correlativamente de la 1 a la 461.369, ambos inclusive, en que se divide el capital social, cuyo valor nominal unitario inicial -3,005061 euros por acción-, se ve reducido en la cuantía de 2,745061 euros, resultando un valor nominal de cada acción nominativa, por tanto, de veintiséis céntimos (0,26 euros) y una cifra de capital social final de ciento diecinueve mil novecientos cincuenta y cinco euros y noventa y cuatro céntimos (119.955,94 euros), dividido y representado en 461.369 acciones nominativas de 0,26 euros de valor nominal cada una, numeradas de la 1 a la 461.369, ambas incluidas; y (b) una reducción de las reservas en un trescientos treinta y nueve mil trescientos cuarenta y seis euros y treinta y siete céntimos (339.346,37 euros).

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los Accionistas, Socios y a los Acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los Balances de Escisión.

Se hace constar igualmente (i) el derecho que asiste a los Acreedores de las sociedades intervinientes en la operación de Escisión a oponerse a la misma durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del referido acuerdo, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, así como (ii) el derecho de oposición, por plazo de un mes a constar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción de capital en los términos previstos en los artículos 334 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, que asiste a los Acreedores de "Estaciones de Servicio Baseva, Sociedad Anónima" con créditos nacidos antes de la fecha del anuncio del acuerdo de reducción y no vencidos

Madrid, 8 de noviembre de 2016.- El Administrador Único de Estaciones de Servicio Baseva, Sociedad Anónima y de Suelos Base, Sociedad Limitada, Mario José Fernández Auray.

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