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De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009 (LME) se hace público que la Junta General Extraordinaria de Felicity L.P., SICAV, S.A. (Sociedad Absorbida) y el Consejero delegado de Mutuactivos S.A.U., S.G.I.I.C., en representación de Polar Renta Fija, FI (Fondo Absorbente), acordaron el 9 de noviembre de 2016 y el 15 de noviembre de 2016, respectivamente, la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por el Fondo Absorbente, con transmisión por título de sucesión universal de la totalidad de su patrimonio, derechos y obligaciones a favor del Fondo Absorbente, quedando Felicity L.P., SICAV, S.A., como consecuencia de la fusión disuelta sin liquidación, en los estrictos términos del Proyecto Conjunto de Fusión redactado, aprobado y firmado por unanimidad el día 22 de junio de 2016 por los Órganos de Administración de las sociedades participantes en esta operación y que han sido autorizados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 22 de julio de 2016 y depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 22 de septiembre de 2016.
Se hace constar el derecho que asiste a los trabajadores y los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener los documentos referidos en el artículo 39 de la LME, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 43 y 44 de la LME.
Madrid, 15 de noviembre de 2016.- El Secretario del Consejo de Administración de Mutuactivos, S.A.U., SGIIC, Sociedad Gestora de Polar Renta Fija, FI.
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