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En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de las Sociedades FARMASUPRA, S.L. y DOSBROFARMA, S.L., celebradas el día 17 de octubre de 2016, con carácter universal, acordaron por unanimidad la fusión por absorción de Dosbrofarma, S.L. (sociedad absorbida) por Farmasupra, S.L. (sociedad absorbente), aportando la primera a la segunda la totalidad de sus activos y pasivos, quedando la segunda subrogada en todos los derechos y obligaciones de la primera, desapareciendo la absorbida; todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, y en base al balance de fusión aprobado por cada una de las sociedades participantes en la fusión por absorción. Se hace constar expresamente, a tenor de lo establecido en el artículo 40.2 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión por absorción. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la operación podrán oponerse a la fusión por absorción en el plazo de un mes, desde la publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 18 de octubre de 2016.- Administradores solidarios de FARMASUPRA, S.L.
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