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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1, por remisión del artículo 73.1, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que el 18 de noviembre de 2016, la junta general de socios de Oesty, Sociedad Limitada, celebrada con carácter de universal, acordó por unanimidad la escisión parcial de la misma en favor de Las Vaquerizuelas, Sociedad Limitada, sociedad beneficiaria de nueva creación.
Asiste a los socios, a los acreedores y a los representantes de los trabajadores de las sociedades participantes el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y a los acreedores el derecho a oponerse a la escisión, en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la LME. Conforme al artículo 78 bis de la LME, y al estar la escisión dentro del supuesto en él previsto, no se ha elaborado balance de escisión.
Madrid, 18 de noviembre de 2016.- Secretaria del Consejo de Administración de Oesty, Sociedad Limitada, Doña Isabel Rosario Sarasola Jáudenes.
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