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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que los socios de "Construcciones Mogar, S.L.", ejercitando las competencias de la Junta General y Universal celebradas en fecha 24 de octubre de dos mil dieciséis, adoptaron por unanimidad la decisión de aprobar la escisión total de la compañía "Construcciones Mogar, S.L.", siendo las sociedades beneficiarias de la escisión, "Construcciones Mogar 20 Esparreguera, Sociedad Limitada", sociedad de nueva creación y "Freixe 20 Esparreguera, Sociedad Limitada", también de nueva creación en los términos del Proyecto de Escisión elaborado por los Administradores de las referidas Sociedades con fecha 24 de octubre de 2016 y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.
A su vez, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se anuncia el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, se anuncia el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de la sociedad que se escinde a oponerse a la escisión en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de escisión, en los términos previsto en el artículo 44 de la Ley 3/2009.
Esparreguera, 24 de octubre de 2016.- Don José María García Bardaji, en calidad de Administrador solidario de la Mercantil "Construcciones Mogar. S.L.".
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