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Escisión parcial
De conformidad con lo dispuesto el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), por remisión del artículo 73.1 de la misma norma legal, se hace público que la mercantil CARBURES AEROSPACE & DEFENSE GLOBAL, S.A.U., socio único de CARBURES DEFENSE, S.A.U. (Sociedad parcialmente escindida), adoptó el 25 de noviembre de 2016 -ejerciendo las facultades propias de la Junta General, de conformidad con el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital- la decisión de escindir parcialmente una rama de la actividad de la mercantil CARBURES DEFENSE, S.A.U., que forma una unidad económica para su traspaso en bloque y por sucesión universal a la sociedad de nueva creación denominada CARBURES AEROSPACE ENGINEERING, S.L.U., que se constituirá simultáneamente.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de la sociedad escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de la sociedad, así como el derecho de los acreedores y de los obligacionistas a oponerse a la escisión parcial en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.
Se recuerda expresamente el derecho de los accionistas y representantes de los trabajadores, a examinar en el domicilio social los documentos que están a su disposición y a los que se refiere el artículo 39 de la Ley 3/2009, así como a la entrega o al envío gratuitos de un ejemplar de cada uno de ellos.
Sevilla, 25 de noviembre de 2016.- Miguel Ángel Fernández Hinojosa, persona física representante designada por Carbures Europe, S.A., sociedad Administradora única de Carbures Defense, S.A.U.
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