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A los efectos de los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales ("LME") de las Sociedades Mercantiles y el Reglamento del Registro Mercantil, se hace público que, con fecha de 25 de noviembre de 2016, los socios de la Sociedad Segregada, reunidos en Junta Universal han acordado la segregación de la Rama de Actividad de Distribución de Energía Eléctrica de JUAN DE FRUTOS GARCÍA, S.L. en favor de la sociedad de nueva creación JUAN DE FRUTOS GARCÍA DSITRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L.
Ésta, recibirá en bloque y a título universal el patrimonio afecto a la unidad económica de distribución de eléctrica, constituyéndose como su objeto social exclusivo y sin afectar con ello de modo alguno al empleo ni a la solvencia de la misma.
Conforme al artículo 42 LME, ni el Proyecto, ni el resto de documentos relativos a la segregación han sido publicados o depositados en el Registro Mercantil de Madrid, al haber sido aprobados de forma unánime y en Junta Universal por los socios de la Sociedad Segregada. Asimismo, han acordado que la segregación se acoja al régimen tributario especial contemplado en el Título VII, Capítulo VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Los socios de la Sociedad Segregada ostentan el derecho de obtener o solicitar el envío gratuito del texto íntegro de los documentos relativos a la segregación, así como los acreedores sociales de oponerse a la segregación en los términos del artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, en el plazo de un (1) mes desde la publicación del presente anuncio.
Segovia, 24 de noviembre de 2016.- Ángel Cuadrado Cuervo, Secretario no Consejero.
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