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Documento BORME-C-2016-1093

NOVO NEIRA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 45, páginas 1265 a 1265 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-1093

TEXTO

La Junta General Extraordinaria de accionistas de la entidad, celebrada en segunda convocatoria el día 27 de febrero de 2016 acordó ampliar el capital social de la entidad en la cifra de cien mil euros (100.000 euros) mediante la emisión y puesta en circulación de diez mil (10.000) nuevas acciones, representadas por títulos, al portador, de igual valor nominal y contenido de derechos que las anteriores y numeradas correlativamente del 23.034 al 33.033, ambos inclusive.

El aumento tendrá como contrapartida aportaciones dinerarias, en metálico.

Se reserva a los accionistas el derecho de suscripción de las nuevas acciones emitidas en el plazo de un mes desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción preferente en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, en la forma preferente y proporcional al valor nominal de las acciones que poseen y con los requisitos establecidos en la Ley de Sociedades de Capital.

Los accionistas que ejerciten su derecho de suscripción preferente deberán desembolsar en la Caja Social el 100 por ciento de las acciones en el momento de la suscripción.

Se faculta al Órgano de Administración para que, una vez concluido el plazo de suscripción preferente a que se refiere el acuerdo anterior, puedan ofrecer las acciones que queden vacantes a los accionistas de la compañía que hubieran concurrido a la ampliación de capital en proporción a su participación en el capital social durante un plazo de otro mes, debiendo quedar cerrada la ampliación de capital en un plazo máximo de seis meses a contar desde la finalización del periodo de suscripción preferente de los actuales accionistas.

Asimismo, se le faculta, sin más limitaciones que las establecidas en la Ley, para acordar, en su caso, que la ampliación de capital quede limitada a las acciones efectivamente suscritas dentro del periodo correspondiente, y una vez cubierta, total o parcialmente, la ampliación de capital, de por cumplidos los términos de la misma y proceda a modificar los artículos 5.º y 6.º de los Estatutos Sociales, relativos al capital social y al número y representación de las acciones en que está dividido este, y extienda certificación acreditativa de la suscripción y desembolso de acciones, a fin de otorgar la correspondiente escritura pública de ampliación de capital para su inscripción en el Registro Mercantil.

Madrid, 29 de febrero de 2016.- El Administrador único, don José Hernández de Mercado.

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