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Documento BORME-C-2016-10976

RENEWABLE POWER INTERNATIONAL HOLDINGS, S.A.U.

Publicado en:
«BORME» núm. 236, páginas 12701 a 12701 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-10976

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 319 de la Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC") y el artículo 170 del Reglamento del Registro Mercantil, aprobado por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio (el "RRM"), se hace público que, con la finalidad de restablecer el equilibrio entre capital social y patrimonio neto disminuido como consecuencia de las pérdidas, RP Global Holding, S.L.U., el accionista único de la sociedad Renewable Power International Holdings, S.A.U. (la "Sociedad"), ejerciendo las competencias de la Junta General de Accionistas, el día 30 de noviembre de 2016 adoptó las decisiones de (i) reducir el capital social de la Sociedad en 11.416.374,90 euros, fijándolo en 3.669.227,10 euros mediante la amortización de 18.995 acciones números 2.260 a 6.275 (ambos inclusive) y 10.122 a 25.100 (ambos inclusive), de 601,02 euros de valor nominal cada una (la "Reducción"); (ii) renumerar las 6.105 participaciones en que se divide el capital social tras la Reducción, que quedan numeradas correlativamente del número 1 al 6.105 (ambos inclusive); y (iii) modificar el artículo 5 de los estatutos sociales de la Sociedad relativo al capital social como consecuencia de la reducción.

Tras la reducción, el capital social de la Sociedad queda fijado en 3.669.227,1 euros, correspondientes a 6.105 acciones de 601,02 euros de valor nominal cada una.

Igualmente, se hace constar que, habida cuenta de la finalidad de la Reducción y de conformidad con el artículo 335 a) de la LSC, los acreedores de la Sociedad no podrán oponerse a la reducción de capital detallada dado que tiene por única finalidad restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la Sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas. La Reducción quedó ejecutada en el mismo acto en el que se acordó por el accionista único de la Sociedad.

Madrid, 7 de diciembre de 2016.- D. Jorge Rodríguez García, Administrador mancomunado de la Sociedad, debidamente facultado a estos efectos.

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