En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles se hace público que, en fecha 29 de febrero de 2016, el legal representante del accionista único de Diorita Inversiones, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, y de Estedanu, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, decidió aprobar la fusión por absorción de la sociedad Estedanu, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, por parte de Diorita Inversiones, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal.
Asiste a los accionistas, trabajadores y a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
Barcelona, 29 de febrero de 2016.- Doña María Pilar Durany Pich, Administradora Mancomunada de Diorita Inversiones, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, y de Estedanu, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal.
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