De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar que la Junta general extraordinaria de las entidades FOMENTO INDUSTRIAS DEL TURISMO, S.L., y ANELJA, S.L., aprobaron por unanimidad el 31 de diciembre de 2015, la fusión por absorción de ambas sociedades, con disolución y sin liquidación de la absorbida y mediante el traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, así como los balances de fusión de las sociedades a 1 de diciembre de 2015.
La citada fusión se acordó en los términos y condiciones expuestos en el Proyecto Común de Fusión, elaborado y suscrito por los Órganos de Administración de las sociedades intervinientes a fecha 21 de diciembre de 2015.
Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de cada una de las sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades, en los plazos y términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.
Palma, 3 de marzo de 2016.- Administrador único.
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