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La Junta General Extraordinaria celebrada el pasado 18 de diciembre de 2015, con la presencia de accionistas, bien en su propio nombre o mediante representación debidamente acreditada, representantes del 77,67 % del capital social suscrito, aprobó, por unanimidad la siguiente reducción de capital social.
De conformidad con el informe emitido por los administradores mancomunados de la sociedad, y a fin y efecto de que las necesidades de inversión a corto plazo de la sociedad AKM Real Estate I, S.A., no precisan del capital social suscrito se aprobó, por unanimidad, la reducción de capital social por importe de 4.560.000 euros; pasando el capital social desde la cifra de 15.000.000 euros a la cifra de 10.440.000 euros; todo ello mediante la amortización proporcional de 4.560.000 acciones de un valor nominal de 1 euro por acción.
Como consecuencia de la indicada reducción de capital social, se acordó por unanimidad modificar el artículo 6.º de los Estatutos Sociales, cuya modificación única y exclusivamente se fija para ajustar en contenido a la realidad actual del capital social en los términos siguientes:
"Artículo 6.º El capital social es de diez millones cuatrocientos cuarenta mil euros (10.440.000 euros), dividido en diez millones cuatrocientas cuarenta mil (10.440.000) acciones nominativas, de valor nominal un (1) euro por acción, totalmente suscritas y desembolsadas en un 85,15%, y numeradas de la 1 a 208.800, ambas inclusive, de la 300.001 a 474.000, ambas inclusive, de la 550.001 a 758.000, ambas inclusive, de la 850.001 a 1.024.000, ambas inclusive, de la 1.350.001 a 3.090.000, ambas inclusive, de la 3.850.001 a 4.024.000, ambas inclusive, de la 4.100.001 a 4.274.000, ambas inclusive, de la 4.350.001 a 4.593.600, ambas inclusive, de la 4.700.001 a 5.048.000, ambas inclusive, de la 5.200.001 a 5.374.000, ambas inclusive, de la 5.450.001 a 5.798.000, ambas inclusive, de la 5.950.001 a 6.298.000, ambas inclusive, de la 6.450.001 a 6.624.000, ambas inclusive, de la 6.700.001 a 6.874.000, ambas inclusive, de la 6.950.001 a 7.124.000, ambas inclusive, de la 7.200.001 a 8.070.000, ambas inclusive, de la 8.450.001 a 8.624.000, ambas inclusive, de la 8.700.001 a 8.874.000, ambas inclusive, de la 8.950.001 a 9.124.000, ambas inclusive, de la 9.200.001 a 9.374.000, ambas inclusive, de la 9.450.001 a 9.624.000, ambas inclusive, de la 9.700.001 a 9.874.000, ambas inclusive, de la 9.950.001 a 10.124.000, ambas inclusive, 10.200.001 a 10.374.000, ambas inclusive, de la 10.450.001 a 10.624.000, ambas inclusive, de la 10.700.001 a 12.440.000, ambas inclusive, de la 13.200.001 a 13.722.000, ambas inclusive, de la 13.950.001 a 14.158.800, ambas inclusive, de la 14.250.001 a 15.772.000, ambas inclusive, representadas por medio de títulos nominativos, que podrán ser unitarios o múltiples.
Los desembolsos pendientes se efectuarán en metálico dentro de los cinco (5) años siguientes a la fecha de constitución de la Sociedad y serán exigidos por el órgano de administración de la Sociedad en una o varias veces, con los requisitos establecidos en la Ley de Sociedades de Capital."
Esto se hace público a los efectos de que los acreedores de la Sociedad puedan formular su derecho de oposición en los términos previstos en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.
Madrid, 23 de diciembre de 2015.- Don Xavier González Dolz, AKM Gestión Inmobiliaria X, S.A. Don Fernando-Honorino Estévez Olleros, Andprivate Consulting, S.L. Administradores mancomunados.
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