Contido non dispoñible en galego
De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, las Juntas Generales de las entidades "Agropecuaria Barrida, S.L." (sociedad absorbente) y "Agrícola y Pecuaria la Cascajera, S.L." (sociedad absorbida), reunidas ambas con carácter Universal con fecha 3 de marzo de 2016 acordaron, por unanimidad, aprobar la fusión por absorción y la adquisición a favor de la absorbente, por sucesión universal, de todo el patrimonio de las sociedades absorbidas, conforme a lo previsto en el Proyecto de Fusión y al balance aprobado en la misma sesión, con la consecuente extinción de la sociedad "Agrícola y Pecuaria la Cascajera, S.L.".
La fusión se acoge al régimen simplificado previsto en el artículo 42 de la citada Ley 3/2009, no siendo necesario depósito de los documentos exigidos por ley ni el informe de los Administradores sobre el Proyecto de Fusión.
En atención a lo establecido en el artículo 43 de la ya citada norma legal, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las respectivas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades, de oponerse a la fusión en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio, de acuerdo con el artículo 44 del Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Jimena de la Frontera (Cádiz), 3 de marzo de 2016.- El Administrador Solidario de "Agropecuaria Barrida, S.L." y "Agrícola y Pecuaria la Cascajera, S.L.", José Palacios Bernal.
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