Contido non dispoñible en galego
Conforme al artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, las Juntas Generales de las entidades "Despachos Reunidos, S.L." y "Escruser, S.L.", con fecha 25 de febrero de 2016 acordaron, por unanimidad, aprobar la fusión por absorción entre ambas sociedades, con la transmisión en bloque y por sucesión universal, de todo el patrimonio, a favor de la sociedad absorbente, de la sociedad absorbida, conforme a lo previsto en el Proyecto de Fusión y al balance aprobado en la misma sesión, con la consecuente extinción de la sociedad "Escruser, S.L.".
En atención a lo establecido en el artículo 43 de la ya citada norma legal, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las respectivas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión así como el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades de oponerse a la fusión en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio, de acuerdo con el artículo 44 de la citada Ley.
Algeciras (Cádiz), 28 de marzo de 2016.- La Administradora Solidaria de las entidades "Despachos Reunidos, S.L." y de "Escruser, S.L.", doña Mercedes Fernández del Villar de la Fuente.
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