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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que los socios y el socio único, ejercitando las competencias de la junta general, (según corresponda) de EXIPPLE STUDIO, S.L. (la "Sociedad Absorbente") y de FEZOO LABS, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), con fecha 23 de marzo de 2016, decidieron aprobar los balances de las citadas sociedades cerrados a fecha 31 de diciembre de 2015 y la fusión de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 23 de marzo de 2016.
La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedades Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.
Se hace constar que esta operación es una fusión especial, sometida al régimen del artículo 49 LME, dado que la Sociedad Absorbida se encuentra íntegramente participada, de forma directa, por la Sociedad Absorbente. Asimismo, el acuerdo de fusión se ha adoptado por unanimidad, siendo por lo tanto de aplicación el artículo 42.1 LME.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.
Se hace constar, igualmente, el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.
En Barcelona a, 24 de marzo de 2016.- Doña Andrea Halfpap, Presidenta del Consejo de Administración de EXIPPLE STUDIO, S.L., Don Marcel Alcoverro Vidal, Administrador único de FEZOO LABS, S.L.U.
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