De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales, se hace público que las Juntas Generales y Universales de Socios de las sociedades PICAUNAMICA, S.L. y MAIN TRACK, S.L., ambas celebradas el pasado 31 de diciembre de 2015, aprobaron por unanimidad la escisión parcial, sin extinción, de PICAUNAMICA, S.L., a través de la segregación de una parte de su patrimonio, consistente en la rama de actividad ejercida bajo la franquicia comercial "LIZARRAN" a favor de la entidad ya existente MAIN TRACK, S.L., la cual adquiere por sucesión, a título particular, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones establecidos en el Proyecto de Escisión subscrito por los Administradores de ambas entidades, PICAUNAMICA, S.L. y MAIN TRACK, S.L.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que intervienen en la escisión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de escisión. Los acreedores de cualquiera de ambas sociedades podrán oponerse a la escisión de conformidad con lo que establece el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, durante el plazo de un mes a contar des de la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo que aprueba la escisión.
Figueres, 8 de enero de 2016.- Los Administradores de ambas entidades participantes Anna Maria Reixach i Palagós y Frederic Carbó i Pujol, representantes ambos tanto de la sociedad escindida, Picaunamica, S.L., como de la sociedad beneficiaria, Main Track, S.L.
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