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Documento BORME-C-2016-2195

ESTACIÓN DE SERVICIO IRATI, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ESTACIÓN DE SERVICIO SALAZAR, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 73, páginas 2615 a 2615 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-2195

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General de socios de la compañía Estación de Servicio Salazar, S.L., domiciliada en Oronz (Navarra), carretera de Navascues a Ochagavia, kilómetro 20.120, con CIF B31216922, inscrita en el Registro Mercantil de Navarra en el tomo 627, folio 51, hoja NA-4522, celebrada con carácter extraordinario y universal en fecha 18 de marzo de 2016 y el socio único de la sociedad Estación de Servicio Irati, S.L., domiciliada en Oronz (Navarra), Calle Mayor, número 3, con CIF B71066278, inscrita en el Registro Mercantil de Navarra, al tomo 1.572, folio 1, hoja 31.218, en decisión de 18 de marzo de 2016, han acordado, por unanimidad, la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la misma, en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de ambas compañías de fecha 14 de marzo de 2016 que fue aprobado por la Junta General y el socio único, respectivamente, de ambas entidades. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances específicos cerrados a 31 de diciembre de 2015 de dichas sociedades, también aprobados por unanimidad y se fija el 1 de enero de 2016, como fecha de eficacia contable de la operación.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida, la mercantil Estación de Servicio Salazar, S.L., está íntegramente participada por la sociedad absorbente, Estación de Servicio Irati, S.L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no procede establecer tipo de canje de las participaciones ni ampliar el capital de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión.

Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes, de obtener el texto integro del acuerdo adoptado y del balance de fusión y a los acreedores de cada una de ellas su derecho a oponerse a la fusión en el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Oronz, 7 de abril de 2016.- El Administrador solidario de Estación de Servicio Irati, S.L. (Sociedad Absorbente), y de Estación de Servicio Salazar, S.L. (Sociedad Absorbida), Luis María Pena Ardanaz.

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