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José Antonio Calvo y González de Lara, registrador mercantil de Madrid, conforme a lo dispuesto en los artículos 169 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, a solicitud de don Arturo Mecerreyes Sobrin. Se ha dado cumplimiento al requisito de comunicación a la administración de la sociedad por correo certificado y mediante publicación en el BOE (art. 59.5 LRJAPYPAC) sin alegaciones por su parte. La junta se convoca según los siguientes datos: Sociedad: Cedeplast Publicidad, S.L. Lugar: En el domicilio social (28031) Madrid, C/ González Dávila, nº 20. Día: 6 de junio de 2016, a las 10:00 horas.
Orden del día
Primero.- Revocación del actual Administrador Único y nombramiento de nuevo administrador, en la persona de D. Arturo Mecerreyes Sobrin.
Segundo.- Informe económico y contable de la sociedad y de las actividades que componen su objeto social, de los ejercicios 2010 a 2014.
Tercero.- Tratar y acordar la aprobación de los resultados económicos de los ejercicios 2010 a 2014, sobre la propuesta que realice el nuevo Administrador Único de la sociedad.
Cuarto.- Traslado de domicilio social a la calle Primavera, 10- Polígono Industrial "Las Monjas", en la localidad de Torrejón de Ardoz (28850-Madrid; y, consecuentemente, modificar el artículo 2º de los Estatutos Sociales para reflejar el nuevo domicilio social.
Quinto.- Ruegos y preguntas.
Presidente y Secretario de la junta: Se designarán en el momento de la celebración. A partir de la convocatoria cualquier socio podrá obtener de la sociedad de forma inmediata y gratuita los documentos que se someten a aprobación (art. 272.2 LSC). Esta convocatoria deberá publicarse en la forma establecida en la Ley y en los estatutos sociales. Como quiera que el artículo 11 de los estatutos prevé la convocatoria conforme a lo dispuesto en la Ley, esta se hará mediante publicación en el BORME y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia (art. 173 Ley de Sociedades de Capital) y se promoverá por el administrador único con la antelación legal, bajo su responsabilidad, civil y penal. Los gastos de publicación serán de cuenta de la sociedad. Contra esta resolución no cabe recurso (artículo 170.3 Ley de Sociedades de Capital).
Madrid, 21 de abril de 2016.- El Registrador.
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