Content not available in English
El Consejo de Administración de Saeta Yield, S.A. (la "Sociedad"), convoca a los señores accionistas a la Junta general ordinaria, que se celebrará en Madrid, avenida de Burgos, 16 D, el 21 de junio de 2016, a las 12.00 horas, en primera convocatoria, y al día siguiente, 22 de junio de 2016, en el mismo lugar y a la misma hora, en segunda convocatoria, siendo previsible que se celebre en segunda convocatoria (previsiblemente la Junta se reunirá en segunda convocatoria salvo que otra cosa se anuncie en la página web de la Sociedad, www.saetayield.com, en la página web de la CNMV, www.cnmv.es y en el BORME), con el siguiente
Orden del día
Primero.- Examen y aprobación de las cuentas anuales y de los Informes de Gestión (en los que se integra el Informe Anual de Gobierno Corporativo, según lo dispuesto en el artículo 538 de la Ley de Sociedades de Capital) de la sociedad y del grupo consolidado del que Saeta Yield, S.A., es sociedad dominante, correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2015.
Segundo.- Examen y aprobación de la propuesta de aplicación del resultado de la sociedad correspondiente al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2015.
Tercero.- Examen y aprobación de la gestión realizada por el Consejo de administración durante el ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2015.
Cuarto.- Informe anual sobre renumeraciones de los Consejeros, correspondiente al ejercicio 2015, que se somete a votación con carácter consultivo.
Quinto.- Examen y aprobación de una nueva Política de Remuneraciones de los Consejeros, que es objeto de modificación con el fin de incorporar la política de retribución variable y fijar el sistema de indemnización por cese del Consejero Delegado.
Sexto.- Aprobación de un sistema de retribución consistente en un plan de opciones sobre acciones de la Sociedad aplicable a determinados administradores y directivos de la Sociedad y sociedades del Grupo.
Séptimo.- Distribución de prima de emisión.
Octavo.- Delegación de facultades para la ejecución y formalización de acuerdos.
COMPLEMENTO DE CONVOCATORIA Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Los accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la presente convocatoria, incluyendo uno o más puntos en el orden del día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada. El ejercicio de este derecho deberá efectuarse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria. Asimismo, los citados accionistas titulares de, al menos, el tres por ciento del capital social podrán presentar, en el mismo plazo, propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la Junta, todo ello en los términos previstos en el artículo 519.3 de la Ley de Sociedades de Capital. En el escrito de notificación se hará constar el nombre o denominación social del accionista o accionistas solicitantes, y se acompañará la oportuna documentación –copia de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia o certificado de legitimación– que acredite su condición de accionista, a fin de cotejar esta información con la que conste en el Libro Registro de Acciones Nominativas de la Sociedad, confeccionado a partir de la información facilitada a la Bolsa de Madrid por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima Unipersonal (IBERCLEAR), así como el contenido de la propuesta del punto o puntos que el accionista proponga, o el contenido de la propuesta o propuestas que el accionista formule. El complemento de la convocatoria se publicará con quince días de antelación, como mínimo, a la fecha establecida para la celebración de la Junta. INSTRUMENTOS ESPECIALES DE INFORMACIÓN De acuerdo con el artículo 539.2 de la Ley de Sociedades de Capital, y en los términos referidos en el mismo, se habilita un Foro Electrónico de Accionistas en la página web de la Sociedad (en adelante, el "Foro"), al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas individuales como las asociaciones voluntarias de accionistas que puedan constituir en los términos legalmente previstos, con el fin de facilitar su comunicación con carácter previo a la celebración de la Junta general. En el Foro podrán publicarse propuestas que pretendan presentarse como complemento del orden del día anunciado en la convocatoria, solicitudes de adhesión a tales propuestas, iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la Ley, así como ofertas o peticiones de representación voluntaria. DERECHO DE ASISTENCIA Tendrán derecho de asistencia los titulares de acciones que, con cinco días de antelación, como mínimo, al señalado para la celebración de la Junta, se hallen inscritos como tales (i) en los respectivos registros de alguna de las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima Unipersonal (IBERCLEAR), las cuales facilitarán las correspondientes tarjetas de asistencia que tendrán eficacia legitimadora frente a la sociedad y/o (ii) en el Libro Registro de Acciones nominativas de la sociedad. A los efectos de acreditar la identidad de los accionistas, o de quien válidamente les represente, a la entrada del local donde se celebre la Junta general, se podrá solicitar a los asistentes, junto a la presentación de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia, la acreditación de su identidad mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad o de cualquier otro documento oficial en vigor generalmente aceptado a estos efectos. Una vez finalizado el proceso de registro de tarjetas de asistencia y representación y de constatarse la existencia de quórum suficiente, se formará la lista de asistentes. DELEGACIÓN Y VOTO A TRAVÉS DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA (a) Delegación De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de los Estatutos sociales y 14 del Reglamento de la Junta general, todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta general por otra persona, aunque no sea accionista de la sociedad, cumpliendo los requisitos y formalidades exigidos por la Ley, los Estatutos y el resto de la normativa interna de la Sociedad en lo que sea de aplicación. La representación, que será especial para cada Junta, deberá conferirse por escrito y podrá conferirse mediante medios de comunicación a distancia, siempre que se garantice debidamente la identidad del sujeto que ejercita su derecho de representación y la seguridad de las comunicaciones electrónicas. Cuando se confiera por medios de comunicación a distancia, sólo se reputará válida la que se efectúe: i. Mediante correspondencia postal, remitiendo a la Sociedad a la dirección: "Avenida de Burgos 16 D, C.P 28036, Madrid", la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia expedida por la entidad o entidades encargadas de la llevanza del registro de anotaciones en cuenta o puesta a disposición de los accionistas por la Sociedad en su página web (www.saetayield.com), debidamente firmada y cumplimentada por el accionista. ii. A través de medios de comunicación electrónica a distancia que garanticen debidamente la representación atribuida y la identidad del representado. Será admitida la representación otorgada por estos medios cuando el documento electrónico en cuya virtud se confiere incorpore la firma electrónica reconocida o la firma electrónica avanzada del representado, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, basadas en un certificado electrónico reconocido respecto del cual no conste su revocación y que haya sido emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o el certificado electrónico reconocido incorporado al Documento Nacional de Identidad electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica. Todo accionista que disponga de una firma electrónica que cumpla los requisitos anteriormente indicados y se identifique mediante ella, podrá conferir su representación mediante comunicación electrónica conforme a las instrucciones y procedimientos que se especifiquen en la página web de la Sociedad (www.saetayield.com). Para su validez, la representación conferida por cualquiera de los citados medios de comunicación a distancia (postal o electrónica) habrá de recibirse por la sociedad antes de las veinticuatro horas del tercer día anterior al previsto para la celebración de la Junta general en primera convocatoria, esto es, antes de las 24 horas del día 18 de junio de 2016 en primera convocatoria. El accionista que confiera la representación mediante correspondencia postal o comunicación electrónica a distancia se obliga a comunicar al representante designado la representación conferida a su favor. Cuando la representación se confiera a algún consejero o al Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad, esta comunicación se entenderá realizada mediante la recepción por la sociedad de dicha delegación mediante correspondencia postal o electrónica. En el día y lugar de celebración de la Junta, los representantes designados deberán identificarse presentando su tarjeta de asistencia o el documento que le acredite como accionista y su Documento Nacional de Identidad o con cualquier otro documento oficial en vigor generalmente aceptado a estos efectos, con el fin de que la Sociedad pueda comprobar la delegación conferida a su favor, acompañando copia de dicha delegación y, en su caso, del poder. El representante sólo podrá ejercer el voto de su representado asistiendo personalmente a la Junta general. La representación es siempre revocable. La asistencia del accionista a la Junta general supone la revocación de cualquier delegación, cualquiera que sea la fecha de ésta. Asimismo, las delegaciones conferidas con posterioridad a la emisión del voto a distancia se tendrán por no efectuadas. (b) Voto De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Reglamento de la Junta general, los accionistas con derecho de asistencia y voto podrán emitir su voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el Orden del Día, con carácter previo a la celebración de la Junta, a través de los siguientes medios de comunicación a distancia: i. Mediante correspondencia postal, remitiendo a la Sociedad a la dirección: "Avenida de Burgos 16 D, C.P 28036, Madrid", la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia expedida por la entidad o entidades encargadas de la llevanza del registro de anotaciones en cuenta o puesta a disposición de los accionistas por la sociedad en su página web (www.saetayield.com), debidamente firmada y cumplimentada, en la que harán constar el sentido de su voto (a favor, en contra o abstención), marcando con una cruz en la casilla correspondiente del cuadro que figurará en la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia. ii. Mediante otros medios de comunicación electrónica a distancia, siempre que el documento electrónico en cuya virtud se ejercita el derecho de voto incorpore la firma electrónica legalmente reconocida o la firma electrónica avanzada del accionista, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, basadas en un certificado electrónico reconocido respecto del cual no conste su revocación y que haya sido emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o el certificado electrónico reconocido incorporado al Documento Nacional de Identidad electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica. Todo accionista que disponga de una firma electrónica que cumpla los requisitos anteriormente indicados y se identifique mediante ella, podrá emitir su voto conforme a las instrucciones y procedimientos pertinentes que se especifiquen en la página web de la Sociedad (www.saetayield.com). Para su validez, el voto emitido por cualquiera de los citados medios de comunicación a distancia (postal o electrónica), deberá recibirse por la Sociedad antes de las 24 horas del día inmediatamente anterior al previsto para la celebración de la Junta general en primera o segunda convocatoria, según corresponda, esto es, antes de las 24 horas del día 20 de junio de 2016 en primera convocatoria y antes del 21 de junio de 2016, en segunda convocatoria. En caso contrario, la representación se tendrá por no conferida y el voto por no emitido. Los accionistas que emitan su voto a distancia en los términos indicados en los Estatutos sociales y en el Reglamento de la Junta general serán considerados como presentes a los efectos de la constitución de la Junta general de que se trate. En consecuencia, las delegaciones emitidas con anterioridad se entenderán revocadas y las conferidas con posterioridad se tendrán por no efectuadas. El voto emitido a distancia sólo podrá dejarse sin efecto: (i) por revocación posterior y expresa efectuada por el mismo medio empleado para la emisión y dentro del plazo establecido para ésta, (ii) por asistencia a la reunión del accionista que lo hubiera emitido, o (iii) por la enajenación de las acciones cuya titularidad confiere el derecho al voto, de que tenga conocimiento la Sociedad, con anterioridad a la fecha prevista para la celebración de la Junta. Se establecen las siguientes reglas de prelación entre delegación, voto a distancia y presencia en la Junta: (i) La asistencia personal a la Junta General del accionista que hubiera delegado o votado a distancia previamente, sea cual fuere el medio utilizado para su emisión, dejará sin efecto dicha delegación o voto. (ii) Cuando el accionista confiera válidamente la representación mediante comunicación electrónica y, además, también la confiera mediante tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia, impresa y expedida por la entidad o entidades encargadas de la llevanza del registro de anotaciones en cuenta o por la Sociedad, prevalecerá esta última frente a la efectuada mediante comunicación electrónica, con independencia de sus respectivas fechas de otorgamiento. (iii) El voto, sea cual fuere el medio utilizado para su emisión hará ineficaz cualquier delegación, ya sea anterior, que se tendrá por revocada, o posterior, que se tendrá por no efectuada. (iv) Sin perjuicio de otras normas específicas, en el caso de que un accionista realice válidamente varias delegaciones o emita varios votos mediante comunicación electrónica, prevalecerá la última representación o el último voto emitido que haya sido recibido por la Sociedad dentro del plazo establecido. (v) Tanto la representación como el voto emitido a distancia quedarán sin efecto por la enajenación de las acciones que confieren el derecho de asistencia de que tenga conocimiento la Sociedad. Podrán votar, delegar o asistir cualesquiera cotitulares de un depósito de acciones y les serán de aplicación entre sí las reglas de prelación anteriores. A los efectos del artículo 126 de la Ley de Sociedades de Capital, se presume que el cotitular que en cada momento realice una actuación (delegación, voto o asistencia) se encuentra designado por el resto de los copropietarios para ejercitar los derechos de socio. La Sociedad pondrá a disposición de los accionistas en su página web (www.saetayield.com) los formularios que deberán utilizarse para la delegación y el voto por correspondencia postal o comunicación electrónica a distancia. En caso de que el accionista sea persona jurídica, este deberá, a solicitud de la sociedad, remitir copia del poder suficiente en virtud del cual se acrediten las facultades de la persona que haya conferido la representación o emitido el voto a distancia y comunicar a la Sociedad cualquier modificación o revocación en las facultades otorgadas a su representante y, por tanto, la sociedad declina cualquier responsabilidad hasta que se produzca dicha notificación. Es responsabilidad exclusiva del accionista la custodia de su firma electrónica. La sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de voto y delegación electrónicos cuando razones técnicas o de seguridad lo requieran o impongan. La sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión, mal funcionamiento del servicio de correos o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la Sociedad, que dificulten o impidan la utilización de los mecanismos de voto y delegación a distancia. DERECHO DE INFORMACIÓN De conformidad con lo establecido en los artículos 272, 287 y 518 de la Ley de Sociedades de Capital, a partir de la fecha de publicación del presente anuncio de convocatoria, los accionistas podrán examinar en el domicilio social (y obtener de la sociedad de forma inmediata y gratuita), la documentación que ha de ser sometida a la aprobación de la Junta, así como la entrega o el envío gratuito de esa documentación en los casos que legalmente proceda y, en particular, las cuentas anuales, el informe de gestión y el informe del auditor de cuentas de la Sociedad correspondientes al ejercicio 2015. Con independencia del derecho de información anteriormente indicado, a partir de la fecha de publicación del anuncio de la presente convocatoria, estarán disponibles para su consulta en la página web de la sociedad (www.saetayield.com), entre otros, los siguientes documentos e información: (i) El presente anuncio de convocatoria. (ii) El número total de acciones y derechos de voto en la fecha de la convocatoria. (iii) Las cuentas anuales, el informe de gestión y el informe del auditor correspondientes al ejercicio 2015. (iv) El texto íntegro de las propuestas de acuerdos del Consejo de Administración a la Junta General correspondientes a todos los puntos del Orden del Día de la Junta General, junto con los informes emitidos al respecto por los órganos sociales, cuando sean precisos. (v) El formulario o modelo de tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia. (vi) Las normas de funcionamiento del Foro Electrónico de Accionistas. (vii) Las solicitudes válidas de informaciones, aclaraciones o preguntas ya realizadas por escrito por los accionistas en ejercicio de su derecho de información y las contestaciones que en su caso faciliten los administradores. De acuerdo con los artículos 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital, hasta el quinto día anterior al previsto para la celebración de la Junta, inclusive, o durante su celebración, los accionistas podrán solicitar, acerca de los puntos comprendidos en el Orden del Día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes. Además, con la misma antelación y por escrito, o verbalmente durante la celebración de la Junta, los accionistas podrán solicitar las aclaraciones que estimen precisas acerca de la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General y acerca del informe del auditor. Salvo en los casos expresamente previstos en la Ley, el Consejo de Administración estará obligado a facilitar por escrito la información solicitada hasta el día de la celebración de la Junta General y, en el caso de las solicitudes verbales realizadas durante la celebración de la Junta General cuando no sea posible satisfacer el derecho del accionista en ese momento, el Consejo de Administración estará obligado a facilitar esa información por escrito dentro de los siete días siguientes al de la terminación de la Junta. Las solicitudes de información o documentación podrán realizarse mediante la entrega de la petición en el domicilio social, o mediante su envío a la Sociedad por correspondencia postal u otros medios de comunicación electrónica a distancia dirigidas a la dirección de correo: "Avenida de Burgos 16 D, C.P 28036, Madrid", o a la dirección de correo electrónico junta2016@saetayield.com. Serán admitidas como tales aquellas peticiones en las que el documento electrónico en cuya virtud se solicita la información incorpore la firma electrónica reconocida o la firma electrónica avanzada del representado, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, siempre que estén basadas en un certificado electrónico reconocido respecto del cual no conste su revocación y que haya sido emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o el certificado electrónico reconocido incorporado al Documento Nacional de Identidad electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica. Cualquiera que sea el medio que se emplee para la emisión de las solicitudes de información, la petición del accionista deberá incluir su nombre y apellidos, junto con la acreditación de las acciones de las que es titular, mediante copia de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia o certificado de legitimación, con objeto de que esta información sea cotejada con la relación de accionistas y el número de acciones a su nombre que conste en el Libro Registro de Acciones Nominativas de la Sociedad para la Junta General de que se trate. Corresponderá al accionista la prueba del envío de la solicitud a la sociedad en forma y plazo. Las peticiones de información se contestarán, una vez comprobada la identidad y condición de accionista del solicitante, antes de la Junta General, a través del mismo medio en que se formularon, a menos que el accionista señale al efecto otro distinto que se considere idóneo. Lo dispuesto en este apartado se entiende sin perjuicio del derecho de los accionistas de obtener los documentos de forma impresa, de solicitar su envío gratuito y de solicitar información durante la celebración de la Junta, cuando así lo establezca la Ley. PRESENCIA DE NOTARIO EN LA JUNTA GENERAL El Consejo de Administración ha acordado pedir a un notario público que asista a la Junta General y levante acta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital, relacionados con el artículo 101 del Reglamento del Registro Mercantil y en el artículo 9.7 del Reglamento de la Junta General. PROTECCIÓN DE DATOS Los datos personales que los accionistas remitan a la Sociedad en el ejercicio de sus derechos de asistencia, delegación y voto en la Junta General o que sean facilitados por las entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de la entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (IBERCLEAR), serán tratados (e incorporados a un fichero del que la Sociedad es responsable) con la finalidad de gestionar y controlar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente en lo referente a la convocatoria y celebración de la Junta General. Los datos podrán ser comunicados a terceros en el ejercicio del derecho de información previsto en la ley, o accesibles al público en la medida en que consten en la documentación disponible en la página web de la Sociedad o se manifiesten en la Junta general, cuyo desarrollo será objeto de grabación audiovisual y difusión pública en dicha página web. Al asistir a la Junta general, el asistente presta su consentimiento para esta grabación y difusión. Los accionistas tendrán la posibilidad de ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, mediante comunicación escrita dirigida al domicilio social de la Sociedad: "Avenida de Burgos 16 D,C.P 28036, Madrid". En caso de que en la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia se incluyan datos de carácter personal referentes a personas físicas distintas del titular, el accionista deberá informarles de los extremos contenidos en los párrafos anteriores y cumplir con cualesquiera otros requisitos que pudieran ser de aplicación para la correcta cesión de los datos personales a la sociedad, sin que la sociedad deba realizar ninguna actuación adicional.
Madrid, 18 de mayo de 2016.- José Luis Martínez Dalmau, Presidente del Consejo de Administración.
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid